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IEE debe señalar qué partidos no lograron los votos mínimos: TEPJF

  • Efraín Núñez
Hasta ahora el Instituto Electoral no ha determinado quién quedó por debajo del 3 por ciento de votación y por ello perdería su registro
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio la razón al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), en el sentido de que el Instituto Electoral del Estado omitió dar vista a la Comisión de Fiscalización sobre los partidos políticos que no alcanzaron el 3 por ciento de la votación válida emitida en los comicios del 5 de junio y que por ello perderían su registro.

Los magistrados declararon que son fundados los motivos de disenso de Morena al sostener que el órgano electoral debió dar vista a la instancia de fiscalización ya que contaba con los elementos para ello.

“Se propone declarar fundados los motivos de disenso porque de la demanda primigenia se advierte que el partido político recurrente hizo valer que el mencionado Consejo General omitió dar la vista aludida, a pesar de que contaba con elementos objetivos para ello”.

Por ello subrayó que para evitar mayores retrasos se determinó que tiene razón Morena y se revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, que había desechado la queja.

“En el juicio de revisión constitucional electoral 341 se revocan las determinaciones impugnadas para los efectos precisados en el fallo”.

Desechan recusa contra Chevalier

Por otra parte, respecto a la impugnación SUP-JRC-346/2016 promovida por el PRI en contra del magistrado Fernando Chevalier Ruanova, el tribunal federal determinó que aunque fue desafortunada su declaración respecto a que la del 5 de junio fue una elección “ejemplar”, esta “no tuvo casos trascendentes que pudieran cuestionarse”.

Hay que destacar que en la ponencia del magistrado ponente, Flavio Galván Rivera, establecía que le asiste razón al tricolor en el argumento por el cual señaló que las declaraciones hechas por Chevalier constituyen un impedimento para conocer del fondo de la litis de los juicios y recursos relacionados con la validez de la elección de gobernador constitucional del estado de Puebla.

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