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Rechazan petición del PRI para revisar obras de drenaje poblano

  • Alfredo Plascencia Sánchez / Corresponsal
Los legisladores de este partido solicitaron que analizara la licitación y adjudicación para la operación del servicio en Puebla capital
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Ciudad de México. Debido a la autonomía que la Constitución otorga a los gobiernos municipales, y en base a que el estado de Puebla está catalogado entre los de mayor transparencia y el acceso a la información, la Comisión Permanente desechará la petición de los legisladores del PRI de pedir a la Auditoria Superior que analice el proceso de licitación y adjudicación para la operación del servicio de drenaje en el municipio de Puebla.

A ese resolutivo llegó la Tercera Comisión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, tras analizar la solicitud de diputados y senadores del PRI, quienes argumentaron que tanto la administración estatal de Rafael Moreno Valle, como la municipal de José Antonio Gali Fayad, han sido señaladas de poco eficientes al construir obras de escaso impacto social y a sobrecostos.

Como ejemplo de ese tipo de obras, mencionaban la Rueda de la Observación, la Ciclopista del Bulevar Atlixcáyotl, el Teleférico y el Parque Lineal.

Obras que, dicen los priistas, incluso han sido objeto de diversas observaciones de la Auditoría Superior de la Federación, “lo que deja de manifiesto las irregularidades con las que se han ejercido los recursos públicos”.

En el punto de acuerdo presentado el pasado mes de mayo, los legisladores del PRI también propusieron exhortar a la Auditoría Superior de la Federación para que analice el proceso de licitación y adjudicación para la operación del servicio de drenaje en el municipio de Puebla de Zaragoza, con el objetivo de prevenir la comisión de diversas irregularidades como cobros excesivos y pagos indebidos, a fin de garantizar la prestación del servicio bajo las directrices de accesibilidad, calidad y eficiencia.

Argumentos que la Comisión Permanente echó abajo al señalar que el artículo 115 de la Carta Magna otorga autonomía a los estados y municipios. Mismo que señala que el gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del estado.

Además, dicho artículo constitucional indica expresamente que los municipios tendrán a cargo, entre otras funciones y servicios públicos, los de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales.

Respecto a la petición priista de que se revise la opacidad en el manejo de los recursos públicos en la construcción de obras en la entidad poblana, la Tercera Comisión también desechó tal solicitud debido a que:

“Tomamos en consideración en primer término el Ranking: El desempeño de los institutos de transparencia, elaborado por las organizaciones Artículo 19 y México Infórmate; en el cual se calificaba al Instituto de Acceso a la Información del Estado de Puebla como el mejor posicionado junto el estado de Tlaxcala”, dice los diputados y senadores de dicha comisión.

Además, según el Índice de Transparencia y Disponibilidad de la Información Fiscal de las entidades federativas 2016, los estados mejor posicionados son: el estado de Puebla, Jalisco y el Estado de México, al empatar con una puntuación en el primer lugar, obteniendo 97 puntos de 100.

“En este sentido, es de observar que el Estado de Puebla, en materia de transparencia y rendición de cuentas, es una de las entidades federativas mejor posicionadas”, recalcó la Tercera Comisión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

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