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Archiva CAIP expediente sobre relación ayuntamiento- TV Azteca
Javier Fregoso, presidente de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Datos Personales (CAIP) ordenó archivar la negativa de la Secretaría de Innovación Digital y Comunicaciones (INDICOM), del Ayuntamiento de Puebla, a entregar copia del convenio con la televisora TV Azteca para la realización de las “Jornadas Caravana Azteca”
El comisionado resolvió el recurso de revisión 06/INDICOM-PUEBLA-01/2016 y validó la respuesta del Ayuntamiento de Puebla en la que explica que no solicitó los servicios de esa empresa, por lo que es inexistente algún acuerdo, contrato o convenio escrito, agregando que tampoco se erogó recurso público alguno para las “Jornadas Caravana Azteca” y que no existía una relación jurídica entre el Gobierno Municipal y la empresa Televisión Azteca
El ciudadano que se consideró agraviado en su derecho a saber, sostuvo en su queja que tenía en su poder una acta de la sesión ordinaria de la Comisión de Desarrollo Social Municipal fechada el 29 de octubre, donde el titular de la dependencia municipal, Xavier Albizurri, reconoció que el gobierno del estado participa con personal de su dependencia en la Caravana Azteca y que incluso se contabilizaban dichos eventos dentro del programa “Jornadas Integrales de Servicios”.
Pese a esta prueba, en su resolución Fregoso consideró que la INDICOM es la única dependencia que tiene facultad de establecer y coordinar las estrategias y políticas de imagen institucional, así como la comunicación de acciones del gobierno municipal y que corresponde única y exclusivamente a esta dependencia y no a la de Desarrollo Social conocer de contratos.
“De acuerdo al contenido del acta levantada con motivo de la Sesión Ordinaria que refiere el ciudadano que solicita la información, esta dependencia hace notar que ninguna autoridad competente realizó declaración alguna al respecto”, dijo el comisionado presidente.
Fregoso asentó que no podía pronunciarse respecto a las declaraciones del funcionario municipal Xavier Albizurri, pues la CAIP no estaba facultada para hacerlo.
La prueba del ciudadano fue desechada y su expediente fue considerado totalmenteconcluido sin ulterior acuerdo.