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Ponen interventor a notarios para vigilar y normar actividades

  • María Pineda
Las 9 bancadas del congreso avalaron la iniciativa de reforma que presentó la panista Patricia Leal Islas
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Regular los honorarios de los notarios, implementar la figura del interventor y de un libro de quejas, así como ordenar visitas para verificar la actuación de los fedatarios, son parte de los puntos que contiene la nueva Ley del Notariado aprobada por el Congreso del Estado.

La iniciativa que presentó Patricia Leal Islas, diputada del PAN y excolaboradora del gobernador Rafael Moreno Valle, contó con el respaldo de las nueve bancadas que integran la LXI Legislatura.

Una vez que el dictamen se publique en el Periódico Oficial del Estado, el ordenamiento entrará en vigor y los notarios públicos tendrán que ajustarse a las cuotas que la Secretaría General de Gobierno (SGG) determine para el cobro de los servicios.

Dentro de los puntos que prevé el ordenamiento integrado por 20 capítulos y 212 artículos, está el apartado titulado “De la Vigilancia a la Función Notarial” (capítulo XV), el cual precisa que la SGG, a través de la Dirección de Notarías, llevará a cabo visitas de inspección en los despachos.

Éstas podrán ser de carácter ordinarias y extraordinarias. Las primeras se notificarán con cinco días de anticipación, salvo aquellos casos en que la Dirección de Notarías estime que deba notificarse en el momento de la diligencia; mientras que las extraordinarias procederán sólo en caso de queja y se notificará con un día de anticipación, según lo señala el artículo 163.

La nueva Ley del Notariado faculta a la SGG para tener un registro sobre las visitas y quejas contra los despachos notariales.

Dentro de los cambios planteados está la creación de la figura del interventor, quien si bien tiene que ser un notario titular, obtendrá su nombramiento a través del Consejo de Notarios pero por acuerdo de la SGG.

La función del interventor consistirá en: supervisar la conclusión de trámites que presenten irregularidades; supervisar los ingresos económicos de la notaría; vigilar que se aplique el pago de las contribuciones originadas de los instrumentos.

De las facultades que la ley les confiere a los interventoresse indica en la fracción X del artículo 177, que “podrá implementar las medidas y horarios que estime convenientes para la correcta administración de la notaría”.

En los apartados 178 y 179, se indica que los notarios no tienen un instrumento de defensa ante la designación de un interventor, y que en caso de oponerse se les revocará la patente.

De la regulación de los honorarios, la propuesta avalada precisa que al inicio de cada año, la SGG fijará los aranceles para el cobro de los servicios, con lo cual se unificarán los precios en la expedición de documentos.

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