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Transparencia, promesa incumplida de RMV, dice Artículo 19
Lejos de fomentar el acceso a la información, como prometió durante su campaña a la gubernatura, Rafael Moreno Valle Rosas mantiene un gobierno opaco y violenta el derecho a la información, sostiene la organización internacional Artículo 19.
En su informe "Transparencia, la deuda de Moreno Valle", publicado este martes, Artículo 19 documentó, a través de entrevistas a reporteros y la participación del Observatorio de transparencia Con los Ojos Abiertos, del cual forma parte e-consulta, las artimañas que utiliza la actual administración para no revelar información pública.
Algunas de las limitantes que enlista la organización que defiende la libre expresión son: la diferenciación del proceso de acceso de acuerdo con la calidad de los usuarios; el cambio de modalidad de entrega sin causa justificada; la declaratoria de inexistencia de información (notoriamente existente); la negativa de otorgar citas para el acceso directo a los documentos, y la cooptación del organismo garante.
La promesa incumplida
Moreno Valle Rosas -dice Artículo 19- se impulsó como figura del cambio en 2010 para ser un relevo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), sin embargo a su arribo a la gubernatura los discursos se volcaron en un entramado violatorio de diversos derechos humanos.
Además de que "se instauró una política restrictiva del espacio público, e incluso se legisló en favor del uso desmedido de la fuerza durante las protestas sociales, tolerando y promoviendo el aumento de las agresiones contra la prensa, con la intención de inhibir el flujo de información plural y en tiempo real".
La organización agrega que el acceso a la información es un pilar de la democracia, por lo cual hizo un llamado al Congreso local a que armonice la normativa local a la Ley General de Transparencia, publicada el 4 de mayo por el Ejecutivo Federal.
Ratificación, merma derechos
De acuerdo con el análisis "Transparencia, la deuda de Moreno Valle", el 19 de diciembre de 2011 el Congreso estatal aprobó una nueva Ley de Transparencia para borrar los años de opacidad durante el mandato de Mario Marín Torres.
Pero la normativa tiene dos candados que limitan el derecho al acceso a la información: el costo desproporcionado del acceso a documentos presupuestarios y fiscales, 80 pesos por hoja certificada, y la necesidad de ratificar el recurso de revisión.
En ese sentido la ley dispone que para poder recurrir una respuesta de autoridad (por la parcialidad o falta de respuesta, reserva, inexistencia, etc.) es necesario que se ratifique el interés en la revisión, situación que merma la participación ciudadana pues actualmente el 35 por ciento de las quejas se desechan porque no fueron ratificadas, ya sea de manera personal o a través de un escrito.
Discriminación de solicitantes
Cuauhtémoc Cruz, quien dirige el Observatorio de transparencia Con los Ojos Abiertos, señaló a Artículo 19 que la identificación de los solicitantes de la información es un factor determinante para la restricción del derecho.
Esto debido a que al inicio los estudiantes que colaboran en el Observatorio reciben las respuestas con rapidez, pero luego de unos meses cuando continúan haciendo solicitudes y estas se publican en el portal se les ponen más trabas para acceder a los datos solicitados.
Incluso se menciona el caso de la reportera Shanik David, del portal Status, quien envió dos solicitudes de información similares, una a su nombre y la otra a nombre de un usuario desconocido. La respuesta fue idéntica en ambos casos, sin embargo, la del usuario desconocido fue remitida en los primeros días del plazo y la suya se extendió hasta su vencimiento.
Acciones anómalas
Otra de las cuestiones que se citan en el informe es el llamado "cambio de modalidad", que se refiere a cuando el sujeto obligado modifica la presentación de la información con el objetivo de retardar o inhibir el acceso a la misma.
De acuerdo a datos de la Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (CAIP) durante 2014 y lo que va de 2015 el 14 por ciento de las quejas de los recursos de revisión se deben al cambio de modalidad.
En ese mismo rubro la Secretaría de la Contraloría emitió el Reglamento de la Ley de Transparencia, en el cual, para la revisión de consulta directa, se impide el acceso de cámaras fotográficas y la obligatoriedad para hacer una cita, misma que mañosamente puede no concretarse por parte del gobierno estatal.
Asimismo Artículo 19 habla de la destrucción de información que contiene valores administrativos, fiscales, legales o históricos es una falta muy grave que amerita sanciones e incluso penas.
También menciona que los integrantes de la CAIP lejos de beneficiar a los ciudadanos, protegen al gobierno estatal para que no revele los datos solicitados.
Piden intervención del INAI
Debido a las anomalías antes citadas, Artículo 19 pidió al Congreso del estado armonizar la Ley Estatal de Transparencia con la Ley General, a la par que designa de manera transparente y clara a los miembros de la CAIP para que velen por el derecho de los ciudadanos.
De igual forma demandó que el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), como organismo revisor, esté atento a estas prácticas con el fin de coadyuvar en el acceso a la información de las y los ciudadanos del estado de Puebla, principalmente porque la mayoría de las solicitudes de periodistas y ciudadanos a las que se hace referencia en el informe están relacionadas con el ejercicio de los recursos públicos, información que, por derecho constitucional, debe encontrarse disponible en medios electrónicos.
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