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Penalización al aborto no reduce casos y viola derechos: activistas

  • Samantha Páez
En tres años fueron sentenciadas 3 poblanas, pero 548 acudieron al DF para interrumpir su embarazo
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De 2011 a 2013 fueron sentenciadas por abortar de manera ilegal tres poblanas, sin embargo en ese mismo periodo 548 mujeres acudieron al Distrito Federal para interrumpir su embarazo.

Pese a esta situación, en Puebla no se despenalizará el aborto en los próximos años porque no existe voluntad política por parte de los legisladores, coincidieron Valeria García Gaona, de Ddeser, y Marco Antonio Moreno Rosado, del Odesyr.

Incluso el pasado 24 de junio la diputada del Partido del Trabajo Lizbeth Sánchez García presentó una iniciativa para que la primera infancia sea considerara desde la gestación hasta los seis años, con lo cual los fetos y los menores tendrían protección legal y jurídica.

No se respetan derechos de mujeres

Al respecto Valeria García, de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser), apuntó que la penalización del aborto no hace que las mujeres dejen de interrumpir sus embarazos, sino que lo hacen en sitios poco seguros y que ponen en riesgo su vida.

Muestra de ello es que a pesar de que tres poblanas fueron condenadas de tres a seis años de prisión por abortar, otras 548 acudieron a la capital del país a realizar esa práctica tan sólo de 2011 a 2013; mientras que suman 774 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2015.

Sin embargo, la activista sostuvo que las mujeres que no tienen dinero para ir al Distrito Federal, donde el aborto es legal hasta la semana 12 de gestación, o que no tienen información sobre esa opción, ponen en peligro sus vidas al acudir a sitios no autorizados y poco salubres.

Desde el punto de vista de Sánchez García el poco interés de los legisladores poblanos por despenalizar el aborto es una muestra del poco interés que se tiene en velar por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, "para ellos las mujeres seguimos siendo ciudadanos de segunda".

Mujer debe decidir sobre su cuerpo

Por su parte Marco Antonio Moreno, director jurídico del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), señaló que de acuerdo con estándares internacionales, la mujer es la única que tiene poder jurídico sobre su cuerpo.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha indicado que las restricciones al acceso al aborto legal y seguro puede llevar a situaciones que constituyen un trato cruel, inhumano o degradante. Estas situaciones incluyen forzar a una mujer embarazada a llevar a término un embarazo no deseado o riesgoso para su salud.

Sin embargo, aunque instancias internacionales reconozcan el derecho al aborto no hay una armonización en las legislaciones locales.

Parte de eso -dijo- se debe que en Puebla no existe un órgano legislativo capaz de tratar la despenalización del aborto de fondo y no como un tema emergente o de coyuntura.

En esta legislatura local la diputada Socorro Quezada Tiempo dijo que presentará una propuesta de despenalización del aborto, aunque la iniciativa se discutiría hasta 2017 debido a que le tomará tiempo hacer conciencia entre sus compañeros.

No se informa sobre interrupción legal

Tanto Valeria como Marco Antonio señalaron que es poco probable que en los próximo años se despenalice de manera total el aborto, pero sí se dijeron optimistas en que se incluyan más causales.

Aunque primero se tendría que dar mayor difusión a cuáles son las causales por las que las poblanas pueden acceder a un aborto legal, ya que no existe información sobre ello y muchas mujeres no toman esa decisión por desconocimiento.

Actualmente el Código de Defensa Social del estado de Puebla, en su artículo 343, indica que existen cuatro causales por las cuales el aborto no es sancionable: cuando es un aborto espontáneo, cuando el embarazo es producto de una violación, cuando el embarazo pone en peligro de muerte a la mujer y cuando el producto tiene malformaciones genéticas o congénitas graves.

Es importante mencionar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) falló contra Costa Rica por no permitir dos abortos terapéuticos, es decir, cuando los productos tenían poca probabilidad de vivir.

Las dos mujeres señalaron que no fueron informadas de que el artículo 121 del Código Penal costarricense permitía esa clase de aborto, motivo por el cual ambas se vieron obligadas a parir y ver morir a sus hijos casi de manera inmediata por enfermedades advertidas desde meses atrás.

El resolutivo de la CIDH podría traer consecuencias en el estado de Puebla en caso de que se hubieran presentado situaciones similares.

Van por más causales del aborto

Para la representante de Ddeser, como primer paso debería proceder el aborto no sólo cuando haya un peligro de muerte para la embarazada, sino también cuando esté en riesgo su salud. Además de que cuando la mujer no tenga capacidad económica para la manutención del bebé.

En ese sentido el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) dio a conocer que casi la mitad de las mujeres (47.4 por ciento) que decidieron detener su embarazo en el DF tienen de 18 a 24 años, aunque también hay un porcentaje de 0.7 por ciento de niñas de 11 a 14 años y 4.8 por ciento de 15 a 17 años.

El 35.2 por ciento de las mujeres que abortaron son amas de casa, el 25.1 por ciento son estudiantes y 23.7 por ciento empleadas, estos tres grupos suman el 84 por ciento de los casos de interrupción del embarazo.

El abogado del Odesyr refirió que si se empieza por normar la violencia obstétrica se puede dar un paso a la despenalización, debido a que sostener un embarazo de riesgo puede representar cierta clase de violencia.

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