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Plantea Moreno Valle prisión para quien venda bebidas alcohólicas a menores
El gobernador Rafael Moreno Valle presentó la iniciativa para expedir la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, ordenamiento con el que se pretende regular la comercialización de estos productos en establecimientos, así como sancionar con cuatro años y medio de cárcel a quien los venda a menores de edad.
La propuesta de Moreno Valle será analizada por las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Salud, debido a que también contempla modificaciones a la Ley de Estatal de Salud, la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal.
Los diputados de dichas comisiones analizarán aprobar la expedición de dicho ordenamiento legal, que cuenta con 28 artículos repartidos en tres capítulos.
El Ejecutivo y municipios vigilarán aplicación de la ley
La propuesta de Moreno Valle plantea que la aplicación de la ley corresponde a los ayuntamientos y al Ejecutivo.
Señala que los establecimientos dedicados a la venta y suministro de bebidas alcohólicas deberán contar al menos con un permiso provisional con una duración de tres meses.
En el caso de las licencias tendrán una vigencia anual y se refrendarán por el Ayuntamiento, previa presentación de la licencia original del año anterior y la verificación de que se están cumpliendo los requisitos establecidos por la ley y el reglamento.
Prisión para quien venda alcohol a menores
En cuanto a las sanciones, la propuesta del gobernador plantea modificar el Código Penal del Estado de Puebla en la sección quinta, articulo 199 sexies, el cual indica que “al que con conocimiento de que no cuenta con licencia o permiso otorgado por la autoridad competente, venda o suministre bebidas alcohólicas, se le impondrá de tres meses a tres años de prisión y multa de 50 a 500 días de salario mínimo”.
La misma sanción al propietario o titular del establecimiento en el que se venda o suministre bebidas alcohólicas sin licencia.
Para quienes vendan bebidas alcohólicas a menores de edad, las penalidades van de cuatro meses y medio o cuatro años y medio de prisión, así como de 75 hasta 750 días de salario mínimo.
Las licencias ya no serán transferibles
Igualmente establece que la expedición de la licencia es un derecho personal intransferible y condicionado a cancelar, a juicio de las autoridades.
En el artículo 8 se establece que “el personal de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJ), en el desarrollo de sus facultades de investigación de delitos, podrá solicitar a los establecimientos la exhibición de las licencias o permisos para la venta y suministros de bebidas alcohólicas.
La propuesta otorga a los ayuntamientos facultades para autorizar, negar, vigilar y revocar las licencias o permisos provisionales para la venta y suministro.
También deberán aprobar e implementar programas de prevención de accidentes por el consumo excesivo de bebidas alcohólicas acorde con sus características económicas y sociales, así como las necesidades de cada municipio.
El ordenamiento define que la venta de bebidas alcohólicas se puede dar en “establecimientos no específicos”, como aquellos comercios en los que se practica billar, boliche y los baños públicos. Así como los establecimientos de construcción cerrada o abierta, cuya actividad principal es la exposición y presentación de diversas expresiones artísticas o culturales, tales como artes visuales, escénicas, musicales o literarias.
Contempla que la venta y consumo de alcohol puede ser de manera “eventual o transitoria” en inmuebles como salones de fiestas, centros de convenciones, estadios, arenas de box, lucha libre, plaza de toros, lienzos charros, teatros, carpas o cines.
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