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PRI pide sanción para el PAN por promocionar a Audi y VW en precampaña

  • María Pineda
El Consejo General del IFE se declaró incompetente en este caso y el tricolor se inconformó ante el Tribunal federal
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El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) se declaró no “competente” para sancionar al Partido Acción Nacional (PAN), pese a que promocionaron a las marcas Audi y Volkswagen durante el periodo de precampaña, con lo cual hicieron un uso indebido de la prerrogativa de acceso a radio y televisión en el proceso electoral pasado.

La queja fue interpuesta por José Antonio Hernández Fraguas, representante del PRI ante el Consejo General del IFE, quien tras conocer el fallo de la resolución CG225/2013, interpuso el recurso de apelación SUP-RAP-139/2013 ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La resolución del IFE se presentó en la sesión extraordinaria del 29 de agosto. De acuerdo con el documento, la representación del Revolucionario Institucional denunció al PAN por tres anuncios que se transmitieron en radio y televisión durante el periodo de precampaña, el cual, de acuerdo con lo establecido por el Instituto Electoral del Estado (IEE), se pautó del 10 de marzo al 18 de abril.

Los spots del PAN se denominaron “Generando Empleos” e “Inversión” y hacen uso del nombre de las marcas automotrices Audi y Volkswagen, con las cuales el gobierno de Rafael Moreno Valle logró inversiones por mil 300 millones de dólares y 700 millones de dólares, así como la generación de 46 mil 500 empleos.

“La intención del Partido Acción Nacional al difundir los promocionales denunciados consistió en vincular a las referidas marcas con dicho partido y los logros de gobierno obtenidos en el estado de Puebla, a fin de promocionar su imagen frente a la ciudadanía y al electorado en general y, de esta manera, posicionarse en el presente Proceso Electoral que se desarrolla en la referida entidad”, señala parte de la queja del PRI.

Además, la representación del tricolor refirió que el PAN violó el artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales (Cofipe), el cual indica que son los partidos políticos, candidatos y precandidatos los que pueden acceder a tiempo en radio y televisión.

Sin embargo, el Consejo General del IFE determinó que la autoridad electoral no es competente para emitir una sanción, a la vez que consideró que los hechos denunciados son “apreciaciones subjetivas, vagas y poco precisas el estimar el uso indebido de la pautas en los promocionales controvertidos, ya que no aportan elementos de convicción suficientes”.

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