- Política
Prevé SCJN echar abajo otros tres artículos de la LeyAntibronco
Al continuar con el análisis de las acciones de inconstitucionalidad contra la reforma electoral aprobada el 29 de julio pasado por la mayoría afín al gobernador en el Congreso del estado, se prevé que este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaré inválidos otros tres preceptos de las modificaciones a la Constitución local y avance en hacia la definición del punto más grave, que tiene que ver con los requisitos excesivos para las candidaturas independientes.
De acuerdo con documentos a los que tuvo acceso e-consulta, en la sesión de la Sala Superior y con base en el proyecto de la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, se determinará que existe “una deficiente regulación de la paridad de género a nivel municipal”, que “es excesivo el requisito del porcentaje de 3 por ciento de la votación estatal emitida”, para la asignación de undiputado plurinominal, y que “es incompetente” el Poder Legislativo estatal para establecer “reglas de fiscalización”.
De obtenerse la mayoría de votos de los ministros y ser declarados inconstitucionales, estos tres apartados se sumarían a los dos que la Cote ya desechó en su sesión del jueves pasado.
En esa sesión, la primera sobre la reforma electoral de Puebla, el Pleno de la SCJN declaró inconstitucionales dos artículos de la Carta Magna del estado: el Artículo 3, Fracción Segunda, Párrafo Séptimo de la Constitución, que pretendía duplicar el número de representantes de los partidos en el consejo del órgano electoral.
Asimismo, el Artículo 4, Fracción Segunda, Párrafo Segundo, que impedía a los partidos nacionales que por primera vez compitan en elecciones estatales, formar coaliciones.
Como a anunció el jueves al declarar el final de la sesión, la SCJN continuará este lunes al mediodía el estudio, discusión y votación de las acciones de inconstitucionalidad 77/2015 y Su acumulada 78/2015, promovidas por los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD) y Morena, por el que demandan la invalidez de diversas disposiciones del decreto que reformó la Constitución Política del estado de Puebla.