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Sistema anticorrupción va también contra particulares
Con 24 votos en favor del PRI, PAN, PRD, Verde y Panal, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados avaló ayer el dictamen con el que se crea el Sistema Nacional Anticorrupción, que prevé castigo a particulares y a empresas que sean cómplices de faltas administrativas graves.
El dictamen —con el voto en contra de Ricardo Mejía (MC) y una abstención del PRD— contempla que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (antes Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa) también pueda ordenar “la suspensión de actividades, disolución o intervención de la sociedad respectiva (empresa) cuando se trate de faltas administrativas graves que causen perjuicio a la hacienda pública (erario) o a los entes públicos, federales, locales o municipales”.
La reforma constitucional que prevé modificaciones a 14 artículos y que se prevé aprobar este jueves por el pleno de la Cámara de Diputados, detalla que esto se comprobará cuando la sociedad o persona moral haya obtenido un beneficio económico y se acredite participación de sus órganos de administración, de vigilancia o de sus socios, o en aquellos casos que se advierta que fue utilizada de manera sistemática para faltas administrativas graves.
En estos supuestos, señala la reforma, la sanción se ejecutará hasta que la resolución sea definitiva y las leyes establecerán los procedimientos para la investigación e imposición de las sanciones aplicables de dichos actos u omisiones.
Para los particulares que se vean involucrados en faltas administrativas graves se podrá aplicar sanciones económicas, inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, así como el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados al erario o a los entes públicos federales, locales o municipales.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Julio César Moreno (PRD), anunció que todas las reservas al dictamen serán desahogadas en el debate en el pleno de San Lázaro este jueves.
Tribunal autónomo. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa tendrá plena autonomía y se encargará de imponer sanciones a los servidores públicos y estará integrado por 16 magistrados, que serán designados por el Presidente de la República y ratificados por las dos terceras partes del Senado.
La duración de sus cargos será de 15 y 10 años, y sólo podrán ser removidos por causas graves.
A los órganos internos de control y a la Auditoría Superior de la Federación no les aplicará la secrecía de la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito, administración, ahorro e inversión de recursos monetarios.
El Senado de la República ratificará el nombramiento que haga el jefe del Ejecutivo del secretario de la Función Pública.
Las participaciones federales (recursos de la Federación destinados a los estados) serán fiscalizadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) hasta en un 92% y, el otro 8% serán revisados por los órganos locales (creados a partir de esta ley) como los impuestos al predial, sobre nóminas y espectáculos públicos.
La ley, que deberá pasar por el Senado y por la mayoría simple de los 32 Congresos, prevé que a partir de su entrada en vigor la prescripción de faltas administrativas graves cometidas por servidores se aumente de tres a siete años para que sea transexenal, pero las faltas o delitos cometidos antes de su aplicación se sujetarán a las leyes vigentes.
Reforzamiento. En este dictamen se le aumentan los ‘dientes’ a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y se elimina el principio de anualidad, es decir, podrán auditar en tiempo real, ya que antes sólo podían auditar dos años atrás. Actualmente rinde un informe general que ahora será denominado ejecutivo, y con la reforma habrá informes de carácter individual.
Podrá auditar fondos y fideicomisos no sólo públicos sino también privados con recursos federales. Se prevé extinción de dominio en casos de enriquecimiento ilícito de funcionarios y éstos estarán obligados a presentar declaración patrimonial y de conflicto de intereses.
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