Peligra el patrimonio histórico por leyes dispersas

  • Leticia Montagner
Riesgos ante la celebración de los 500 años de la fundación de Puebla

A escasos cinco años de que Puebla capital cumpla 500 años de su fundación, el régimen legal de protección del patrimonio histórico y artístico edificado se encuentra disperso en múltiples ordenamientos, con competencias superpuestas entre la Federación, los estados y los municipios, sin que exista una normativa clara que garantice la concurrencia efectiva prevista por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo a un estudio realizado por Héctor Arturo Manuel Moreno Toscano, abogado avecindado en Puebla desde hace algunos años, dice que uno de los hallazgos centrales de su investigación es la fragmentación estructural del marco jurídico aplicable.

Autor de un libro, aún no publicado, titulado Conservación y Restauración del Patrimonio Histórico y Artístico Edificado del Estado de Puebla, Moreno Toscano señaló que esta dispersión normativa ha generado vacíos operativos, contradicciones interpretativas y una débil capacidad institucional para la conservación preventiva del patrimonio construido.

La problemática se agrava cuando se observa que, en la práctica administrativa, las disposiciones federales tienden a concentrar atribuciones sin asegurar mecanismos suficientes de coordinación territorial, mientras que los gobiernos estatales y municipales carecen de instrumentos jurídicos específicos que les permitan actuar con oportunidad, especialmente en contextos de riesgo estructural, emergencia, abandono prolongado o presión urbana.

El resultado es un sistema reactivo, orientado a la atención de daños consumados, más que a la prevención y gestión integral del patrimonio. Este diagnóstico jurídico coincidió temporalmente con avances significativos en la investigación científica internacional en materia de patrimonio cultural, indicó.

Asimismo, se ha propuesto un anteproyecto de ley estatal orientado a fortalecer el marco normativo del Estado de Puebla, sin invadir competencias federales, pero dotando a las autoridades locales y municipales de herramientas claras para la protección efectiva del patrimonio construido.

El trabajo parte de la premisa de que el patrimonio histórico y artístico edificado constituye un bien jurídico complejo, de naturaleza colectiva, cuya tutela no puede depender exclusivamente de la voluntad administrativa ni de acciones aisladas, dijo.

Su conservación exige un enfoque sistémico que articule normas jurídicas, criterios técnicos, participación social, planeación territorial y cooperación interinstitucional, en consonancia con los principios establecidos por los instrumentos internacionales suscritos por el Estado mexicano.

El documento fue elaborado como insumo técnico para la deliberación legislativa, para las universidades y para los centros de investigación, como base académica para el estudio del derecho del patrimonio cultural; asimismo se compartirá a la sociedad civil organizada, como herramienta de incidencia informada y a los organismos internacionales, como testimonio de un esfuerzo serio por adecuar el orden jurídico local a los estándares contemporáneos de protección patrimonial.

La conservación del patrimonio histórico y artístico edificado no admite postergaciones. Cada omisión normativa, cada vacío competencial y cada día sin intervención preventiva incrementan el riesgo de pérdida irreversible. Desde una perspectiva jurídica, histórica y ética, proteger el patrimonio construido es proteger la memoria material del Estado y garantizar su transmisión a las generaciones futuras.

Durante la pandemia de Covid-19, emprendió una revisión sistemática de fuentes normativas, doctrinales, históricas y técnicas relacionadas con la protección del patrimonio cultural construido. El análisis comprendió disposiciones constitucionales, legislación federal y estatal, reglamentos administrativos, tratados internacionales, criterios institucionales, instrumentos de planeación urbana, así como estudios históricos y catálogos patrimoniales.

Finalmente, Moreno Toscano manifestó que este ejercicio permitió reconstruir, desde una perspectiva integral, las rutas jurídicas y administrativas que han configurado el régimen de tutela del patrimonio edificado en México y en Puebla.

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Leticia Montagner

Directora editorial de e-consulta. Licenciada en Periodismo con Maestría en Periodismo Político por la Escuela Carlos Septién García. Maestra en Gobernanza y Gobiernos Locales. Estudios de Doctorado en Derecho y Género. Coordinadora de la Licenciatura en Periodismo de la BUAP. Columnista y conductora de radio y televisión en medios locales y nacionales.