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Agua de Puebla deberá sanear aguas residuales: Colectiva por el Bienestar Social

  • Anaid Piñas
La colectiva señaló que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil rechazó el amparo que promovió la firma
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La empresa Concesiones Integrales SA de CV, Agua de Puebla Para Todos, tendrá que realizar el servicio de saneamiento de agua residual en los municipios en los que presta sus servicios, para evitar la generación de un foco de infección.

En rueda de prensa, integrantes de la Colectiva por el Bienestar Social compartieron la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil, dictada el 20 de junio de 2024, con la que rechazó el amparo que promovió la firma.

De acuerdo con el fallo, se calificó como legal la medida cautelar que otorgó el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla.

La medida cautelar le exige a Agua de Puebla realizar el saneamiento correspondiente, con el objetivo de “evitar la contaminación o, en su caso, la generación de un foco de infección” que perjudique a la población.

Tras ganar el amparo en revisión 615/2023, la empresa tendrá que presentar un informe donde se detallen las actividades a desarrollar para cumplir con la resolución.

No obstante, Agua de Puebla sólo ha presentado una parte de dicho documento, correspondiente a los meses de septiembre 2023 a marzo 2024 y solicitó que la información se manejara de forma confidencial.

En su intervención, René Sánchez Galindo, integrante de la Colectiva por el Bienestar Social, señaló que aunque el juez les pidió no hacer pública la información, era necesario que el casi medio millón de usuarios del servicio de agua conocieran el estado de la demanda que han tramitado.

“Nosotros como usuarios convocamos a los ciudadanos a hacer esta demanda. Después de un lapso en el que Agua de Puebla no estuvo informando los avances y los resultados se vieron obligados por los jueces, por los tribunales, a responder todas nuestras exigencias, pero pidieron que la información se mantuviera reservada (…). Sin embargo, la ley nos obliga exactamente a lo contrario, cómo dice el Artículo 602”, indicó. (MCJ)

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