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CoIDH penaliza a México por caso Daniel García y Reyes Alpízar
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) halló culpable al Estado mexicano por la violación a los derechos humanos de Daniel García y Reyes Alpízar, dos hombres a quienes se les envió a prisión preventiva oficiosa (es decir sin condena) durante 17 años, además de sufrir torturas durante el periodo en el que permanecieron detenidos.
Ricardo Pérez, quien preside la CoIDH, reveló la sentencia este miércoles tras encabezar una videoconferencia en la que se encontraban ambas víctimas.
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Vea la transmisión del Acto de Notificación de la Sentencia aquí:https://t.co/wn2A5MrmRD#ProtegiendoDerechos
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) April 12, 2023
En la sesión responsabilizó a México por violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la protección judicial, a ser oído, a la presunción de inocencia y al principio de plazo razonable, como mencionó el presidente del órgano autónomo.
Caso García-Alpízar: sin condena durante 17 años
El caso expuesto por la CoIDH se refiere a las violaciones al debido proceso y la libertad personal contra Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes en 2001 fueron acusados por el asesinato de María de los Ángeles Tamés, entonces regidora del municipio de Atizapán, en el Estado de México.
Ambos sujetos se mantuvieron en prisión preventiva durante 17 años, siendo este lapso el tiempo más largo en el que alguien ha permanecido en la cárcel sin recibir una sentencia. Fue en 2019 que quedaron bajo arresto domiciliario, lo que les permitió irse a casa con la condición de portar brazaletes electrónicos.
Más adelante, en 2022, se les condenó a 35 años de cárcel, aunque apelaron la sentencia.
Estado mexicano torturó a las víctimas: CoIDH
En el caso de Daniel García la CoIDH determinó que fue sometido a los “malos tratos y torturas psicológicas” de las autoridades del Ministerio Público mexiquense. Señalaron además que el acusado denunció estos abusos, pero que no se inició ninguna investigación por los hechos.
En tanto, la Corte determinó que en el caso de Alpízar no hubo una adecuada investigación sobre las denuncias de tortura que se presentaron, pues a través de estas prácticas fue que ambos habrían sido obligados a confesar el crimen.
"Para esta Corte es claro que la extensión por más de 17 años de la prisión preventiva significó en los hechos que se aplicara a los procesados una pena encubierta sin una condena, puesto que constituyó una medida punitiva sin previo juicio acompañado de sus garantías, y por un lapso que excede todo plazo razonable ya que este correspondió aproximativamente a la mitad de la pena que se impuso en la sentencia condenatoria", se lee en el fallo de la CoIDH.
Sentencia de la CoIDH contra México
La Corte Interamericana concluyó que el Estado mexicano fue responsable por violaciones a los derechos humanos en el caso de Daniel García y Reyes Alpízar, por lo que ordenó a las autoridades eliminar la prisión preventiva oficiosa, así como la figura del arraigo. Señaló también que el Estado tiene la obligación de investigar y sancionar a los responsables de los actos de tortura, así como pagar las indemnizaciones a las víctimas.
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Desde fines de enero de este 2023 la CoIDH ordenó a México reformar sus leyes con el fin de eliminar la prisión preventiva oficiosa y adecuar su uso a los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos. Más anteriormente, en noviembre de 2022, dictó la primera sentencia donde condenó al Estado mexicano por la prisión preventiva, desatando intensos debates en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre continuar aplicando el artículo 19 de la Constitución, donde se ordena la prisión preventiva para 16 delitos.