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Rivera Pérez no hizo campaña anticipada, resuelve el TEEP
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que Eduardo Rivera Pérez, ahora presidente municipal de Puebla, no incurrió en actos anticipados de campaña, como lo denunció Morena.
En el expediente TEEP-AE-096/2021 se detalló que ese partido acusó al panista de difundir un video el 3 de mayo en donde dio a conocer que competiría por la alcaldía de la capital poblana, hecho que podría considerarse un acto anticipado de campaña.
En su proyecto de sentencia, el magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, planteó considerar como inexistente la acusación al argumentar que la grabación no fue de la autoría del entonces contendiente.
Además el ahora presidente municipal de Puebla se deslindó de la publicación hecha por un medio de comunicación, conforme con los establecido en las normas, por lo tanto, no se consideró un acto anticipado de campaña.
También exoneran a otros excandidatos
El TEEP también consideró inexistentes los actos anticipados de campaña de otros excandidatos en la sesión de este jueves.
Marco Arturo Ramos Pérez denunció a Martha Guadarrama Alvarado, aspirante a la presidencia municipal de Tochtepec, de actos anticipados de campaña, por entregar juguetes el 30 de abril, pero el tribunal determinó que no hubo un llamado al voto y tampoco se condicionó la entrega de los regalos a la obtención de votos.
La misma situación ocurrió en el caso de Gerardo Vargas Ortiz, excandidato a presidente municipal de Venustiano Carranza, y la excandidata a diputada federal del distrito con cabecera en Huauchinango, Karla Adriana Martínez Lechuga, contendientes del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El TEEP consideró que Vargas Ortiz no hizo un llamado al voto y que Martínez Lechuga sí podía pedir el voto pues ya estaban en el periodo de campaña.
El tribunal también resolvió sobreseer la denuncia contra el Instituto Electoral del Estado (IEE) por la falta de convocatoria para renovar la presidencia auxiliar de Santa María Zinacatepec, en Juan C Bonilla, pues ésta salió posterior a la denuncia.
Por otra parte, el TEEP revocó una determinación de la Comisión de Honestidad y Justicia, de Morena, que fue combatida por Sabina Martínez Osorio, quien acusó a la comisión de ser incongruente con la resolución ya que por una parte decidió sobreseer los señalamientos y por otra los consideró falsos.
En la sesión no se detalló cuál fue el asunto reclamado por Sabina Martínez y hasta la publicación de esta nota no se había divulgado la sentencia del asunto TEEP-JDC-086/2022.