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Corte invalida protección de la vida desde la concepción

  • Redacción e-consulta
La Corte concluyó que no corresponde a ninguna legislatura local ni al pleno fijar el origen de la vida humana
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la protección de la vida desde el momento de la concepción, luego de que ocho ministros coincidieron en que ese tipo de leyes estatales atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres.

El ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, señaló que no corresponde a ninguna legislatura local ni al pleno de la Corte fijar el origen de la vida humana y, si bien el embrión y el feto deben ser reconocidos como bienes constitucionalmente relevantes, su protección no puede competir con la de las personas nacidas.

Por otra parte, los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel Mossa sostuvieron que los congresos estatales ni siquiera tienen competencia para legislar sobre derechos humanos.

El debate se realizó al analizar la Constitución de Sinaloa que establecía la protección de la vida desde el momento de la concepción, razón por la que los ministros señalaron que se debía declarar inválida esta cláusula.

Los ministros también acordaron incluir en los argumentos del proyecto, el criterio sobre derecho a decidir establecido desde el martes pasado durante la discusión del Código Penal de Coahuila con el que declararon inconstitucional la penalización del aborto.

El próximo lunes, la SCJN iniciará el análisis de un proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales sobre los alcances de la objeción de conciencia contemplada en la Ley General de Salud, la cual argumenta que el personal médico puede negarse a asistir a las mujeres que deciden practicarse un aborto.

Con información de El Universal

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