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Histórico: invalida la Corte penalización del aborto en México
En una votación unánime, con 10 votos a favor el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en México, ya que dicha medida viola el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.
El criterio ahora será obligatorio para todos los juzgados del país, luego de que este martes el pleno retomó la discusión sobre la despenalización del aborto en Coahuila y Sinaloa, en la cual ocho ministros ya se habían pronunciado a favor de la inconstitucionalidad desde el lunes.
La ministra Ana Margarita Ríos Farjat y el ministro José Fernando Franco también avalaron este día invalidar los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila, que establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria.
A la sesión solo faltó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien no estuvo presente por “causas de fuerza mayor”, según explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
“La fórmula legislativa de orden penal, que fue elegida por el Congreso local y que contiene la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo en todo momento, supone la total supresión del derecho constitucional a elegir de las mujeres”, indicó la Corte en su resolución.
La SCJN fue contundente al señalar que esta legislación viola los derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad, es discriminatoria y niega el acceso a la salud.
El aborto sólo estaba despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, mientras que existen 29 códigos penales estatales que tienen tipificado el aborto como delito y que imponen sanciones, incluido el Código Penal de Puebla.
Los proyectos avalados este día fueron elaborados por la ponencia del ministro Luis María Aguilar y señalan que ninguna protección a la vida desde la concepción puede motivar restricciones en los derechos de personas ya nacidas.