• Política

Denuncia Artículo 19 acoso y persecución contra la prensa en Puebla

  • Patricia Méndez
Llama al gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta a evitar inhibir la crítica y la libertad de expresión.
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Al denunciar acoso judicial contra tres medios de comunicación poblanos, la organización defensora de periodistas Artículo 19 llamó al gobernador de Puebla, Luis Miguel Barbosa Huerta, a evitar que esos actos se cometan durante su mandato y que funcionarios públicos a su cargo no utilicen el aparato estatal para inhibir la crítica y la libertad de expresión.

La agrupación señaló que los periodistas afectados enfrentan demandas por daño moral, que es un tipo de estrategia utilizada por la gente que detenta el poder para limitar el debate público, así como censurar e intimidar con la intención de que los afectados abandonen su postura crítica.

“Es por ello que este tipo de demandas se consideran como una agresión a la libertad de expresión y una forma de acoso judicial”, señaló Artículo 19 en un comunicado difundido este jueves y el cual también firman las organizaciones Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la información (AMEDI), la Red Puebla de Periodistas y el Nodo de Transparencia.

Documentan acoso judicial

Según expuso Artículo 19, desde el 20 de enero de 2020 los directores de los medios de información e-consulta, El Popular y Datamos, Rodolfo Ruíz Rodríguez, Carolina Fernández Galindo e Israel Velázquez García, han sido víctimas de acoso judicial a través de demandas civiles por daño moral.

Los recursos fueron presentados por el diputado Gabriel Biestro Medinilla; el subsecretario de Movilidad y Transportes, Seth Yassir Vázquez Hernández; el director del Instituto Estatal de Educación para Adultos, Jesús de la Luz Sánchez Cuevas; y el subsecretario de Administración, Juan Pablo Cortés Córdova, en Puebla.

En las cuatro demandas está señalado Rodolfo Ruíz Rodríguez y el medio digital e-consulta, en el caso de El Popular está señalada en las demandas interpuestas por Seth Yassir y Juan Pablo Cortés, y en el caso de Datamos se le señala en la demanda interpuesta por Jesús de la Luz Sánchez Cuevas.

Los funcionarios y el legislador local, postulado por Morena, acusan a Ruiz de ocasionarles un daño moral por publicaciones que ha realizado en su columna periodística “La Corte de los Milagros”, así como a El Popular a Datamos por replicar esas publicaciones.

A los acusados, se les solicita el pago de 5 millones de pesos por cada demanda –lo que suma 20 millones de pesos-, así como la publicación de un extracto de la sentencia en los medios demandados, abstenerse de realizar conductas ilícitas, la destrucción de los archivos electrónicos que contienen las columnas de opinión y el pago de gastos y costas. Además, como medida precautoria para garantizar el pago de la indemnización, se solicitan embargos precautorios a las propiedades de la y los demandados.

La agrupación hizo énfasis en que los demandantes son representados por el mismo cuerpo de abogados y que en su texto se advierten los mismos argumentos, en los que reclaman supuestos actos delictivos y ser sujetos de información dolosa y falsa.

Es una estrategia para inhibir la crítica en Puebla

La agrupación consideró que los hechos forman parte de una estrategia para desaparecer la crítica en Puebla, pues inhiben la libertad de expresión no solo para los periodistas demandados, sino para todos aquellos que cuestionan las acciones de la administración estatal o de cualquier político o funcionario público.

Artículo 19 hace énfasis en que, de acuerdo con tratados internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos y jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), nadie debe estar expuesto a procesos judiciales por daños a la reputación, por haber expresado una opinión y menos aún cuando se trata de una opinión sobre la actividad y gestión de funcionarios públicos o personas que por voluntad propia se exponen al escrutinio público.

Incluso aún en los casos en los que se ha demostrado que en una declaración de hecho sobre un asunto de interés público es falsa o imprecisa, se trata de una publicación legítima, pues el demandante tiene que probar que efectivamente existió una malicia efectiva.

Como lo dictó la SCJN en el amparo directo 6175/2018 respecto al caso Aristegui y el prólogo de la Casa Blanca, continúa la agrupación, cuando las opiniones impacten en asuntos de interés público se justifica que el derecho a la libertad de expresión prevalezca frente a los “derechos de la personalidad”.

Exigen detener las demandas

Ante el caso, Artículo 19, Nodo de Transparencia, Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la información (AMEDI) y la Red Puebla de Periodistas, instaron a los funcionarios públicos Gabriel Biestro, Seth Yassir Vázquez, Jesús de la Luz Sánchez y Juan Pablo Cortés, a respetar y proteger el derecho a la libertad de expresión y de información y les exigieron se abstengan de proseguir con dichas demandas.

En tanto, llamaron al gobernador para prevenir que estos actos se sigan cometiendo durante su mandato y que los funcionarios públicos a su cargo dejen de utilizar el aparato estatal para inhibir el ejercicio de la libertad de expresión y de acceso a la información.

Por otra parte, pidieron al Congreso local que armonice la legislación poblana con los principios de libertad de expresión para que, a la par de garantizar el derecho a la honra, deje de ser utilizado como mecanismo de censura contra la prensa.

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