• Economía

Condona el SAT 56 millones de pesos a Volkswagen

  • Efraín Núñez
La firma alemana fue la única en México beneficiada de 2015 a la fecha con la condonación de recargos
.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) condonó a Volkswagen de México recargos por 56.14 millones de pesos, siendo la única empresa en México con registro de exención por este concepto de 2015 a la fecha

La información se desprende de una solicitud de información hecha por e-consulta respecto a las empresas instaladas en Puebla que han sido beneficiadas con exención de impuestos, así como con la cancelación de multas o recargos por obligaciones no pagadas.

VW, la única empresa beneficiada

Respecto a la solicitud de información 0610100046619, el SAT indicó que VW ha sido la única empresa en México de 2015 a la fecha que ha sido beneficiada con una condonación de recargos

El monto total condonado asciende a 56 millones 147 mil 126 pesos, mismo que se aplicó el 1 de marzo de 2016.

No existen registros de condonación de recargos en los años anteriores y posteriores en la información consultada, misma que está actualizada hasta este año.

Medios nacionales han publicado que entre 2017 y 2018 el SAT ha exentado a empresas del pago de 6 mil 982 millones de pesos por impuestos a personales morales, entre las que destacan los nombres de América Móvil (57.21 millones de pesos), Laboratorios Columbia (169.62) y Pinfra (122.54), entre otras.

El SAT, hoy dependiente del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, no contestó con los datos como fueron solicitados, sino que remitió a una base de datos donde se encuentra la información dispersa

Condonación prevista en el Código Fiscal Federal

Asimismo el SAT refiere que la condonación de recargos a favor de la armadora alemana se deriva de lo previsto en el penúltimo párrafo del Artículo 21, del Código Fiscal de la Federación que establece que “las autoridades fiscales podrán condonar total o parcialmente los recargos derivados de un ajuste a los precios o montos de contraprestaciones en operaciones entre partes relacionadas”.

El Código justifica que esta condonación surja de un acuerdo de la autoridad competente sobre las “bases de reciprocidad”, con las autoridades de un país con el que se tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación.

El mismo artículo establece que los recargos se aplican cuando no se cubren las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales.

Señala que su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, además deberán pagarse recargos por concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno

Tags: 

Comentarios de Facebook: