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Cofepris dice que fallo de la Corte sobre marihuana, no la obliga a dar permisos

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La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios indicó que hasta el momento sólo ha concedido 10 permisos y que hay 165 en trámite
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La Cofepris afirmó que la decisión de la Suprema Corte de la Nación sobre la marihuana lúdica no la obliga a conceder permisos a los solicitantes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgo dos amparos para el cultivo y consumo de marihuana lúdica y la determinación se convirtió en jurisprudencia.

De ahora en adelante, en casos semejantes, los jueces deberán aplicar el mismo criterio para resolver casos de amparo sobre marihuana lúdica.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios precisó que todos aquellos que presentaron una solicitud y fueron rechazados, tendrán que acudir primero al juez y que posteriormente les concederá el permiso.

Julio Sánchez y Tépoz, titular de la Cofepris, indicó que el trámite que se sigue es presentar una solicitud y que cuando se les niega acuden al juez y se amparan.

Con el amparo la autoridad permite a los solicitantes cultivar, procesar y consumir marihuana únicamente con fines lúdicos.

El amparo sólo es válido para el solicitante y para los fines expresos que se le conceden y si realiza algún acto distinto, será sometido a las leyes correspondientes.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios indicó que hasta el momento sólo ha concedido 10 permisos y que hay 165 en trámite.

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