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Se acaban ataques al pudor; serán sancionados como abuso sexual
El gobernador del estado, Rafael Moreno Valle propuso reformas al Código Penal, para castigar a quienes cometan abuso sexual sin necesidad de ”llegar a la cópula”; sanciones corporales de un mes a un año y multas de dos a 20 unidades de medida y actualización, si el sujeto pasivo es mayor de 14 años.
En primer término el mandatario propuso cambiar la terminología de “ataques al pudor” por “abuso sexual”, considerando esto en la reforma al artículo 260 donde se apunta que se “comete el delito de abuso sexual” aunque no se tenga como propósito llegar a la cópula, es decir sin necesidad de llegar a la unión corporal. En la fracción primera se especifica la sanción cuando en aquella condición incurra “una persona mayor de 14 años o le hiciere ejecutar un acto erótico sexual, sin su consentimiento o la obligue a observarlo”.
El documento ingreso este fin de semana al Congreso del estado. Siguiendo el proceso legislativo se dará entrada oficial en la siguiente sesión ordinaria y, a su vez, los legisladores analizarán la petición para adecuar el marco legal.
Estas modificaciones forman parte de un segundo paquete de iniciativas que envía Moreno Valle como parte de las recomendaciones realizadas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia en contra de las Mujeres (Conavim), ante la solicitud de Alerta de Género en Puebla.
El documento al que tuvo acceso e consulta refiere en el artículo 263 que “el delito de abuso sexual se considerará siempre como delito consumado y se perseguirá a petición de parte, salvo que el sujeto pasivo sea menor de edad”. En tanto que en el artículo 264 se especifica que “al que tenga cópula con persona mayor de 14 años de edad pero menor de dieciocho, empleando la seducción o el engaño para alcanzar su consentimiento, se sancionará con prisión de dos a ocho años y multa de cien a trescientos cincuenta Unidades de Medida y Actualización”.
Las reformas se consideran con el objetivo de proteger a los niños y las niñas; si son víctimas de estupro, sus agresores tendrán sanciones como si se tratará de una violación.
Se sancionará “a quien tenga relación sexual con menor de 14 años, ya que es imposible suponer el consentimiento de los menores quienes por su desarrollo aún no es posible se hayan formado el concepto de sexualidad para entender la magnitud del hecho”, se establece en la iniciativa.
Las reformas planteadas por el jefe del Poder Ejecutivo local en el artículo 278 OCTIES refieren que “cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión del delito de violación, acoso sexual, o abuso sexual a niños menores de catorce años y no acuda a la autoridad competente para denunciar el hecho y evitar la continuación de la conducta será castigada de dos a siete años de prisión”.
Finalmente se plantean modificaciones a la ley en casos de “homicidio en razón de parentesco y el feminicidio para que se sancione conforme a este último tipo penal, la privación de la vida de una mujer en razón de parentesco”.
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