La “Ley Olimpia” contra la pornovenganza y violencia digital

  • Laura Carreto Tirado
Las redes sociales han revolucionado el internet, es ahí donde se reproduce gran cantidad...

El avance de la tecnología nos ha abierto muchos horizontes, sobre todo el internet, cuyo desarrollo ha ayudado a acercarnos más al conocimiento, a informarnos de lo que acontece en el mundo, etc. Hoy en día es primordial mantenerse comunicado. Datos del 2017 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) muestran que existían en ese entonces: 71.3 millones de mexicanos conectados a internet y 64.7 millones con un teléfono celular inteligente (Expansión, 2018).

Las redes sociales han revolucionado el internet, es ahí donde se reproduce gran cantidad de contenido; continuamente compartimos información y lo que subimos depende de nuestros intereses, educación, cultura y objetivos. Por tal motivo esta gran ventana se ha utilizado para fines positivos, pero también negativos, esto último es lo que preocupa. En el mundo virtual se refleja la violencia que existe en el espacio físico, por lo cual la violencia digital es un subgénero que se reproduce fácilmente por la rapidez con la que se comparte y llega la información. El hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de datos apócrifos, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o asuntos personales, impresiones gráficas o sonoras son: violencia digital (Milenio, 2019).

Esta es la definición que se incorporó a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, una reforma aprobada el 26 de noviembre de 2019 en la Cámara de Diputados para definir este tipo de agresión (Milenio 2019). En México, el ciberacoso contra las mujeres es parte de la cadena de la violencia de género. En 2017 según el INEGI:18 de cada 100 mujeres con edades entre los 12 y los 59 años de edad sufrieron algún tipo de ciberacoso. Un indicador que no se distanciaba en aquel año de las cifras de acoso en los hombres que proyectaron un porcentaje similar de 16 por cada 100 hombres. Sin embargo, un análisis más profundo arrojó un escenario de mayor vulnerabilidad para las mujeres ya que 31 de cada 100 mujeres reciben insinuaciones o son molestadas de manera sexual en la red, en comparación al caso de los hombres de 13 por cada 100 (Vanguardia, 2020).

De acuerdo con la encuesta “Efecto Internet” realizada por la asociación civil “Alianza por la Seguridad en Internet”: en México 10 mil estudiantes entre 12 y 16 años, 36.7% de ellos, indicó que conoce alguna persona que ha enviado o reenviado ya sea por celular o por medio de la web imágenes suyas con contenido sexual tanto a conocidos y desconocidos (El Universal, 2019).

La “Ley Olimpia” es iniciativa de la ciudadana Olimpia Coral Melo, quien en 2012 resultó afectada por el video íntimo difundido en las redes sociales y whatsapp por su entonces pareja. Esta circunstancia ocasionó que la joven poblana se tratara de quitar la vida en tres ocasiones, esto tras levantar denuncias y enfrentarse a la burla de las autoridades y la falta de legislación al respecto. Esto sucedió en la pequeña ciudad de Huauchinango, Puebla de 56,206 habitantes (al norte del estado) donde un periódico local vendió muchos ejemplares al anunciar su caso en portada, en el diario se expresaba que “una chica que tenía mucho futuro estaba “quemada” en las redes sociales”. En el video se exponía su cuerpo desnudo, pero no así el de su novio (responsable de la difusión del video). Diariamente llegaban a sus redes de sociales mensajes de hombres que le pedían sexo.

Un domingo por la tarde, en el que estaba toda su familia reunida su hermano de 14 años llegó con el teléfono y lo aventó enfrente de todos, “es el video de mi hermana”. Según relata Olimpia, fue el día más triste de su vida, se hincó a los pies de su madre y le pidió perdón a ella y a toda su familia. Su mamá, una mujer indígena que no había terminado la secundaria, que no sabía leer ni escribir la sorprendió: le levantó la cabeza y le dijo “todas cogemos”; la diferencia es que “a ti te ven coger” “eso no te hace una mala persona o una delincuente”, continúo diciendo “tu solo disfrutaste tu vida sexual” como lo hace cualquier persona. Ahí “conocí la sororidad” expresó Olimpia (BBC, 2019).

Su mamá desconectó el teléfono y el internet de su casa, la protegió del mundo exterior, le hizo saber que dentro de su casa estaba segura. Pero la gente la iba a buscar a su casa, tocaban a su puerta a decir que se habían enterado del video, ella solo se escondía. Afirma que la gente no tiene idea de lo que causa la violencia digital: “limitan tu libertad, intimidad, movilidad y vida” y “lo aceptas porque te crees culpable” (BBC, 2019).

Al intentar denunciar lo que le había pasado, se encontró con muchas complicaciones, según las autoridades no había delito, pues “no había sido violada” y “en el video se veía que estaba bajo consentimiento”.

Después de dos años pudo recuperarse de la depresión, un amigo le llamó y le pidió que viera las páginas donde se burlaban de otras mujeres. Otro evento que la hizo levantarse fue que en el mismo periódico que expusieron su caso, publicaron la nota de una mujer que robó 40 pares de zapatos y cuando se asomó por la ventana vio a la mujer pasar, iba con un vestido despampanante, amarillo que brillaba bajo el sol, todo el mundo la criticaba, sin embargo, salía a la calle; se preguntó: “si ella sale a la calle, ¿yo por qué no?”.

Una vez recuperada anímicamente, vino la lucha, Olimpia logró hacer un proyecto de reforma para Puebla y se presentó en un foro ciudadano, pero al exponerlo ante el Congreso del Estado, se encontró con varias trabas, por ejemplo: un diputado dijo que no se podía aprobar su ley, porque sería “avalar la putería”.

En 2014 fundó el Frente Nacional para la Sororidad, elaboró una ley para enviar a la cárcel a los responsables de subir a internet imágenes, videos y audios de contenido sexual difundidos sin consentimiento por los involucrados, conocido como la “Ley Olimpia” y ante la presión de víctimas de acoso, violencia digital y colectivos, en 2018 el Congreso de Puebla aprobó la ley; la cual contempla tres reformas: 1) Que se reconozcan los delitos contra la intimidad (la difusión de contenido íntimo sin consentimiento); 2) El ciberacoso es violencia sexual en internet y, por último: 3) La ley de acceso. Tras años de intentos, la Ley se aprobó en Puebla y hoy los distintos puntos de la reforma han sido aprobados en 15 estados. “Con esta ley se busca que todas las mujeres puedan estar seguras en internet, ya que lo virtual es real” asegura Olimpia.

Las personas que cometan este delito serán condenados a una pena de entre cuatro y seis años de prisión, además serán acreedoras a una multa económica que irá de las 500 a las mil Unidades de Medida y Actualización, cuyo valor vigente, es decir, de los 42 mil 245, hasta los 84 mil 490 pesos. La pena se agravará cuando la víctima sea un familiar o tenga una relación de noviazgo, matrimonio o laboral con el victimario (El Sol de México, 2019).

Hasta ahora la ley se ha aprobado en Ciudad de México, Aguascalientes, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Veracruz, Yucatán y Zacatecas. Es decir 15 de 32 estados.

En Nuevo León la ley fue aprobada el pasado 7 de noviembre y casi a finales del mismo mes se detuvo a César “N” de 27 años de edad, quien es la primera persona vinculada a este delito. Tras la investigación, se determinó que el joven difundió material gráfico de carácter sexual en perjuicio de una persona identificada con las siglas A.A.P (El sol de México, 2019).

En Oaxaca, en este mes, el 12 de febrero, cayó también el primer acusado de “pornovenganza”, los hechos ocurrieron en el municipio de San Pedro Amuzgos, en agravio de la joven J.R.R, de acuerdo con la víctima, el agresor y ella tuvieron una relación entre 2013 y 2017. Cuando eran pareja el sujeto le solicitó fotos de contenido sexual pero cuando la relación terminó el imputado amenazó a la joven con difundir el material si no mantenía relaciones sexuales con él. Ante la negativa, él cumplió su amenaza, por fortuna y gracias a su aprobación en este estado, el acusado se encuentra tras las rejas (El Universal, 2020).

La “Ley Olimpia” es un gran logro legislativo, gracias a la fuerza de voluntad de Olimpia Coral y las organizaciones feministas, ahora falta el esfuerzo de los congresos de los estados faltantes, además de capacitar a todos los Ministerios Públicos para tener sensibilidad al respecto, ya que cuando Olimpia quiso en ese momento interponer su queja se enfrentó a la burla y prejuicios de las autoridades, quienes se minimizaron su situación por ignorancia y por la violencia estructural, cultural y sistemática que persiste en el país.  

Si reflexionamos y profundizamos respecto a la “pornovenganza”: no todas las víctimas tienen apoyo familiar, no todas se creen capaces de enfrentar la situación, muchas otras viven en estados de la República Mexicana donde aún no se ha legislado al respecto.

La sociedad patriarcal y machista juzga en primer lugar a la mujer, y al que realiza la distribución de las fotos o videos queda simplemente en el anonimato. Es primordial detener esta cadena de violencia constante, que va desde juzgar a la víctima, hasta reenviar o “likear” el material no autorizado, todos somos pieza importante para evitar el ciberacoso, también es necesario denunciar esto en las propias redes sociales como “contenido inapropiado”. La violación a la intimidad es un delito y como tal se debe denunciado.

Por último y no menos importante ¿cómo evitar una “pornovenganza”? Obviamente no compartiendo imágenes o videos que puedan ser expuestos en internet. Pero si se hace, es fundamental pensar: 1) en el nivel de confianza con quien se va a compartir la información y 2) proteger la identidad. Por otra parte, si se es víctima se recomienda reunir las pruebas y acudir con las autoridades tanto físicas como virtuales, para ello se debe de reportar las imágenes en la plataforma en las que fueron compartidas. Asimismo, realizar capturas de pantalla de “los posteos” donde aparecen las fotos expuestas; de igual manera, es conveniente realizar estas capturas de pantalla a los resultados de búsqueda del nombre de la afectada/o y cualquier mensaje recibido después de la publicación, estos datos serán muy útiles como evidencia para abrir una denuncia (El Universal, 2019).

Opinion para Interiores: 

Anteriores

Laura Carreto Tirado

Licenciada en Relaciones Internacionales, Maestra en Ciencias Políticas ambos grados por la BUAP. Especializada en temas migratorios y en la Relación México-Estados Unidos. Ha investigado y escrito al respecto en libros y revistas