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TEPJF sí resolverá juicio de regidores de Tehuacán contra el Congreso

  • Héctor Llorame
El tribunal determinará la procedencia de la extinción del Cabildo
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El TEPJF aceptó resolver el juicio que regidores interpusieron contra el procedimiento del Congreso de Puebla que busca declarar la extinción del Cabildo de Tehuacán.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este viernes que tiene facultades y es competente para conocer el caso y emitir una sentencia al respecto.

En un acuerdo plenario la Sala Superior concluyó que la queja de los regidores sí es materia de los derechos político-electorales que le corresponde defender.

Esto porque los regidores aducen que la extinción del Cabildo les impide ejercer el puesto por el que fueron electos en las urnas, lo cual violenta el derecho de votar y ser votado, así como el derecho a ejercer un cargo público.

No obstante, los siete magistrados coincidieron en que es la Sala Regional Ciudad de México la que tiene jurisdicción para resolver el caso en específico.

Es así que por unanimidad aprobaron enviar el caso a la Sala Regional y la instruyeron a atenderla conforme a derecho, aunque no fijaron un plazo por considerar que el caso no precisamente es urgente.

El juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales fue promovido por los regidores Israel Nasta de la Torre y Víctor Canaán Barquet, detenido el pasado 19 de agosto.

Además del recurso en el TEPJF, el alcalde suplente Artemio Caballero López recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ha tramitado amparos.

Congreso aduce improcedencia 

La Sala Superior enfatizó en su acuerdo que la declaración de competencia no representa la procedencia del juicio, ya que esto deberá determinarlo la Sala Regional cuando —ahora sí— entre al fondo del asunto.

No obstante, anticipó que el Congreso de Puebla ha señalado que el recurso de los regidores es improcedente porque aún no se dicta la extinción del Cabildo.

Al no existir un fallo todavía, no se ha agotado el principio de definitividad, por tanto, no puede proceder una impugnación contra un acto no consumado, han señalado los diputados en su defensa.

“La sala regional debe conocer de la demanda de las y los integrantes del ayuntamiento de Tehuacán, Puebla, previo estudio respecto de la petición de salto de instancia que se formula en la demanda, así como la posible actualización se la causal de improcedencia aducida por la legislatura, consistente en la falta de definitividad del acto controvertido, por tratarse del inicio del procedimiento”, indicó la Sala Superior. 

De acuerdo con diputados de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, la próxima semana se resolverá el caso de la extinción del Cabildo en el Congreso del estado.

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