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Avalan dar 6 años de cárcel en Puebla a taxistas y gruyeros pirata

  • Héctor Llorame
Las multas económicas irán de 8 mil 688 a 43 mil 440 pesos
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Hasta seis años de cárcel y multas de 43 mil 440 pesos se impondrán en Puebla a los propietarios y choferes de transporte colectivo, taxis y grúas “pirata”, además de que perderán el vehículo y su licencia podrá ser suspendida o cancelada para siempre.

Así lo aprobó este jueves la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del estado, a petición del gobernador Miguel Barbosa Huerta.

En sesión pública los diputados modificaron parcialmente la iniciativa del mandatario para extender las sanciones a las grúas, ya que originalmente sólo se contemplaba a los choferes del transporte público y taxis.

Por mayoría se aprobó reformar el artículo 190 bis del Código Penal para que además se pueda sancionar a los propietarios de los vehículos, puesto que muchas veces los choferes solo son empleados.

Las penas mínimas serán de 8 mil 688 pesos, ocho años de cárcel y la suspensión de la licencia por un año, aunque en todos los casos el vehículo será decomisado.

Es así que ahora la ley quedará de la siguiente manera:

“Al propietario o poseedor que no cuente con la concesión o permiso otorgado por la autoridad competente preste el servicio público de transporte, servicio mercantil, servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento o depósito de vehículos se le impondrán de ocho meses a seis años de prisión y multa de cien a quinientas Unidades de Medida y Actualización.

Además se decomisará el vehículo en la comisión del delito, así como la suspensión de uno a diez años o la cancelación definitiva de la licencia para conducir expedida por la autoridad competente”.

Sanciones para concesionarios

En un tercer párrafo se advirtió que las sanciones aumentarán hasta dos terceras partes si los vehículos “pirata” son operados por quienes ya tengan permisos o concesiones de transporte público, taxis o grúas.

Con esto las penas de cárcel irían de un año y un mes, hasta ocho años, en tanto que las multas irían de 11 mil 584 a 57 mil 920 pesos.

“Si en la comisión delictiva interviene un concesionario, permisionario o un socio, representante jurídico de una concesionaria o permisionaria para el servicio público de transporte, servicio mercantil, servicio auxiliar de arrastre, arrastre y salvamento o depósito de vehículos las penas que correspondan se incrementarán de una tercera a dos terceras partes, independientemente de las sanciones administrativas a las que haya lugar”, indica el texto.

El dictamen aprobado en la comisión se turnará al pleno para que sea ratificado por los 41 diputados locales en la próxima sesión ordinaria.

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