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Barbosa presenta reforma para indultar a presos políticos

  • Héctor Llorame
Se busca liberar a personas encarceladas por protestar u oponerse a actos del gobierno
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El gobernador Miguel Barbosa Huerta envió al Congreso del estado su segunda iniciativa que consiste en modificar el Código Penal para tener la facultad de otorgar el indulto a presos políticos.

Con una reforma al artículo 122 se busca aumentar a seis los supuestos en los que el titular del Poder Ejecutivo podrá perdonar a las personas privadas de su libertad.

En el presente el indulto se reserva únicamente para los presos que han tenido una buena conducta, han servido al país o porque están acusados de delitos no graves.

La propuesta es extender el beneficio a las personas mayores de 70 años que ya cubrieron al menos una cuarta parte de su condena; las que padecen una enfermedad en fase terminal; las mujeres con más de 5 años en prisión desde una perspectiva de género y a los acusados de delitos con “origen político”.

De acuerdo con la diputada del PES, Nora Yéssica Merino Escamilla, con la reforma se verían beneficiadas las mujeres encarceladas por abortar, sin embargo, en la iniciativa no se precisa esto.

La iniciativa

El proyecto de ley presentado este miércoles durante la sesión de la Comisión Permanente, plantea modificar el artículo mencionado para quedar como sigue:

“De manera excepcional y discrecional, el gobernador podrá otorgar el indulto, por cualquier delito del orden común que no sea de los que merezcan prisión preventiva oficiosa o se clasifiquen como graves por la ley, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que informe respecto a la viabilidad o no del beneficio, expresando sus razones y fundamentos, siempre que sea por cuestiones humanitarias, sociales o de equidad, o existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada, y ésta, además, de haber observado buena conducta durante su reclusión, reúna alguno de los requisitos siguientes:

I.- Que se trate de una persona indígena, víctima de discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia y diversidad cultural o de alguna otra violación grave similar a sus derechos humanos, en cuyo caso se analizarán los usos, costumbres, tradiciones y cultura inherentes a dicha unidad social;

II.- Que se trate de persona mayor de 70 años y que haya cumplido con al menos una cuarta parte de la pena privativa de la libertad impuesta, independientemente del tiempo de su duración;

III.- Que padezca una enfermedad en fase terminal, dictaminada por médico especialista o perito de institución de salud pública, independientemente del tiempo compurgado;

IV.- Que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad, siempre y cuando se hayan realizado de manera lícita;

V.- Que se trate de mujer, cuya pena privativa de la libertad sea menor de cinco años, desde una perspectiva de género, o VI.- Que se trate de delitos cuyo origen revistan un carácter político”.

Duplican causales de indulto

En la actualidad el artículo 122 del Código Penal únicamente contempla tres causales de indulto descrito de la siguiente forma:

“El Ejecutivo podrá discrecionalmente conceder indulto a los reos que reúnan los siguientes requisitos: I.- Que hayan prestado importantes servicios a la Nación o al Estado. II.- Que sean merecedores de él, por razones humanitarias o sociales y que hayan observado buena conducta durante su reclusión. III.- Que el delito por el que se le condenó no sea de los que se clasifican como graves”.

Organizaciones civiles han calculado que durante el gobierno del panista Rafael Moreno Valle sumaron más de 300 presos políticos.

Activistas, líderes sociales, opositores a obras e incluso exfuncionarios de gobiernos anteriores forman parte de esta lista.

Por su parte, colectivos feministas han contabilizado 73 procesos abiertos contra mujeres que han abortado.

La iniciativa de Barbosa Huerta fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y posible aprobación.

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