• Política

e-consulta no violó la veda electoral, concluye TEPJF

  • Efraín Núñez
La Sala Regional Especializada sancionó a Gerardo Islas por incurrir en coacción del voto
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La columna La Corte de los Milagros, publicada en e-consulta el 30 de mayo de 2019, es un ejercicio periodístico sin elementos de propaganda, por lo que no transgredió la veda electoral, concluyeron por mayoría los magistrados de la Sala Regional Especializadadel Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).

Los magistrados también determinaron que el diputado local, Gerardo Islas Maldonado, incurrió en coacción del voto al entregar cheques para obras en un templo católico y en una telesecundaria en Tepeojuma durante el proceso electoral del estado año, por lo que fue sancionado con 4 mil 224 pesos.

Se privilegia la libertad de expresión

Respecto al expediente SRE-PSL-38/2019 la ponencia de la magistrada María del Carmen Carreón Castro determinó que como resultado de las investigaciones no se acreditó que e-consulta haya pactado la publicación del artículo “De cónclaves y riñas partidistas, y posturas eclesiásticas ambiguas” de Rodolfo Ruiz. 

Manifestó que tampoco se acredita que el medio de comunicación guarde alguna afinidad con alguna de las fuerzas políticas de la contienda

“Se trata un ejercicio periodístico. No podemos presumir la ilicitud del ejercicio periodístico con una inferencia. Hay jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de que se deben evitar ejercicios discrecionales que partan de una suposición o inferencia sobre el actuar de algún medio de comunicación”. 

En la sentencia se establece que no hay elementos como propaganda para influir en los votantes por parte del autor o del medio de comunicación.

“La publicación se trata de un auténtico ejercicio periodístico que goza de licitud. No hay elementos para decir que fue una inserción pagada. Su contenido resulta válido”, subrayó. 

La magistrada presidenta Gabriela Villafuerte Coellose señaló que, en su opinión, en la publicación se incrusta de forma preponderante una propaganda y se difundió en un periodo de veda electoral

“En veda debemos tener un rigor de análisis distinto. No tiene que haber propaganda. Se capitalizó el artículo. Se ve el emblema de los partidos; dice “vota el 2 de junio”. Merecería una sanción contra el periódico digital”, expuso. 

Jefe de prensa de Cárdenas no violó periodo de veda

En tanto sobre el recurso SRE-PSL-39/2019 se determinó que el jefe de prensa de Enrique Cárdenas Sánchez, Jorge Machuca Luna, no incurrió en violación a la veda electoral al publicar un tuit por un comentario del diputado Héctor Alonso Granados sobre el tema del aborto. 

Durante su participación, la magistrada presidenta Gabriela Villafuerte reprobó el comentario misógino y desafortunado por parte de Alonso Granados por señalar que “las mujeres deben de pensar antes de abrir las piernas”, pues afirmó que criminaliza a las mujeres. 

Gerardo Islas incurrió en coacción del voto

Con relación al expediente SRE-PSD-55/2019 los magistrados determinaron que el diputado Gerardo Islas incurrió en coacción del voto y en una publicación en veda electoral al difundir la entrega recursos para la construcción de una capilla y para obras en una telesecundaria en el municipio de Tepeojuma. 

“Hay existencia de la coacción del voto, vulneración a los principios de imparcialidad y publicación de propaganda gubernamental en periodo prohibido”. 

Los magistrados impusieron una multa por 4 mil 224 pesos contra el diputado local y contra Manuel Ismael Gil García, ex candidato a presidente municipal Manuel Ismael Gil García. 

Para la magistrada Gabriela Villafuerte Coello además de la coacción del voto también se acredita el uso indebido de recursos, violación de la separación Iglesia Estado por lo que hizo un voto diferenciado. 

Edil de Olintla incurrió en uso indebido de recursos públicos

Respecto al expediente SRE-PSD-54/2019 los magistrados determinaron que el edil de Olintla, Miguel Sánchez incurrió en uso indebido de recursos públicos por asistir a un acto de Luis Miguel Barbosa. 

“Su proceder trasgredió el principio de imparcialidad, por lo que se propone dar vista al Congreso del estado para que de manera oficiosa inicie un nuevo proceso especial sancionador contra el presidente”, establece el resolutivo.  

Foto: TEPJF

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