• Sociedad

Es blanda y opaca la ley en Puebla a favor de Uber y Cabify

  • Patricia Méndez
En otros estados se les exige un padrón público de conductores y hasta de socios, que los choferes pasen distintas pruebas ante la autoridad, que obtengan una concesión y que refrenden sus permisos
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Puebla tiene una de las leyes más blandas para la operación de las empresas Uber y Cabify que ofrecen servicio ejecutivo de taxi mediante una aplicación digital, ya que mientras que en otros estados se les exige que hagan público su padrón de conductores e intermediarios, que los choferes pasen distintas pruebas ante la autoridad, que obtengan una concesión y que refrenden sus permisos, en la entidad poblana no existen esos requisitos.

En el último mes y medio, conductores de estas dos plataformas han sido responsabilizados por las autoridades poblanas de participar en delitos como robos e incluso en el asesinato de dos jóvenes estudiantes.

Por ello, el gobernador José Antonio Gali Fayad prepara una reforma a la Ley del Transporte del estado que en agosto de 2015 aprobaron los diputados de la 59 Legislatura local, para endurecer la norma y evitar ese tipo de casos.

El exgobernador Rafael Moreno Valle impulsó la llegada de Uber a Puebla, por lo que planteó la reforma a la ley que hoy está vigente. “Me parece que la llegada de Uber a Puebla es positiva… vamos a darle certeza a la empresa y a los usuarios y en ese sentido se va a elaborar una iniciativa escuchando a ambas partes para promover la competencia”, dijo en una declaración a medios en mayo de 2015.

En Jalisco gobierno autoriza registro de autos

Los diputados jaliscienses aprobaron el 18 de marzo de 2016 una reforma a la Ley de Movilidad para regular a las “Empresas de Redes de Transporte” (ERT), la cual permite a los ciudadanos elegir si realizan el pago del taxi en efectivo o con tarjeta de crédito o débito. Además la empresa es libre de establecer la tarifa que considere más adecuada (tarifa dinámica).

Las unidades conectadas a esas plataformas digitales pueden brindar servicio en cualquier parte siempre que se solicite mediante la aplicación, pues está prohibido hacerlo de manera directa.

Esa legislación no limita el número de automóviles que las empresas puedan tener, sino que depende de la demanda. Por otra parte, la compañía debe presentar al gobierno del estado su acta constitutiva, mientras que la Secretaría de Movilidad de esa entidad debe autorizar el registro de los automóviles, solicitar identificación a los operadores y sus licencias.

Las ERT también están obligadas a pagar una cuota de 35 mil pesos por registrarse, y de 1 mil 600 pesos anuales por cada vehículo. Además, deben entregar el 1.5 por ciento de las ganancias de cada viaje que realicen.

 

Querétaro pelea por transparentar a socios

En abril de 2016 se reguló el servicio de empresas como Uber y Cabify en Querétaro. La normativa establece que los vehículos utilizados para dar servicio deben tener una vida útil no mayor a 4 años, periodo que se puede ampliar hasta siete años dependiendo de sus condiciones físicas.

Los permisos que otorguen las autoridades de ese estado por cada vehículo deben renovarse anualmente y tienen un costo de cuatro mil pesos. Los automóviles deben contar con un seguro contra terceros y ofrecer su servicio sólo mediante la aplicación. Tampoco se prevé un límite de unidades que ofrezcan el servicio.

A diferencia de lo que ocurre en Puebla, la ley de ese estado pide a las empresas que hagan público el padrón de sus vehículos, conductores e incluso de sus socios, sin embargo Uber se negó a cumplir ese requisito, por lo que se estableció una suspensión provisional del servicio y la empresa recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

De acuerdo con las autoridades de esa entidad, la opacidad del padrón “no ofrece seguridad a los usuarios”, por lo que decidieron suspender temporalmente el permiso.

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Estado de México emite licencia para operadores

La regulación de ese servicio en el Estado de México se llevó a cabo en agosto de 2015, cuando los diputados locales aprobaron reformas a la Ley de Movilidad, las cuales requieren a ese tipo de plataformas que cuenten con una licencia expedida por la Secretaría de Finanzas.

La ley también establece que las empresas deben registrar su flota vehicular, a los conductores y hasta a los intermediarios, padrón que mensualmente debe ser actualizado y dado a conocer a los usuarios.

Baja California monitorea recorridos

En el estado de Baja California el servicio se reguló en julio de 2016. La legislación establece que haya un seguro de cobertura amplia para los usuarios, además, obliga a la empresa a que permita a las autoridades tener un monitoreo de los recorridos que hacen sus unidades, y que éstas estén en un padrón así como sus conductores.

En materia financiera, la empresa debe aportar el 1.5 por ciento de sus ingresos mensuales al gobierno del estado.

Piden holograma en la Ciudad de México

La Ciudad de México (CDMX) fue la primera en el país en regular el servicio, en julio de 2015. La normativa de la capital del país requiere a las unidades de esas plataformas que también cuenten con un holograma que deben portar de manera visible. Además, los operadores deben pasar por distintos filtros que aplica la autoridad.

Los choferes no pueden recibir pagos en efectivo y tampoco hacer base en algún lugar, sino ofrecer su servicio únicamente mediante la plataforma. Por otra parte, el costo de los automóviles que circulen debe ascender al menos a 200 mil pesos y contar con una factura original.

Las empresas deben otorgar el 1.5 por ciento de las ganancias de cada viaje al gobierno capitalino, además de pagar un permiso de 1 mil 600 pesos para poder circular.


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Un solo permiso en Guanajuato para todas las unidades

El Congreso de Guanajuato aprobó en marzo de 2016 una Ley de Movilidad en la que homologa los permisos para ofrecer el servicio de taxis, es decir, tanto a las empresas convencionales como las que utilizan una plataforma digital, por lo que deben contar con la misma autorización.

En Puebla… la ley es blanda

A diferencia de las anteriores entidades, en Puebla la ley que regula ese servicio es blanda. Las reformas que en agosto de 2015 aprobaron los diputados locales indican que el registro de los conductores debe realizarse ante las empresasy estas a su vez comunicarlo al gobierno del estado, contrario a lo que ocurre en los otros estados.

En cuanto a los vehículos, estos deberán estar inscritos en el Registro Estatal Vehicular, y la Secretaría de Infraestructura y Transportes (SIT) ejercerá sus facultades de verificación y supervisión en el citado registro, con base en la información que le proporcione la empresa de redes de transporte.

El aval que las ERT obtengan no está sujeto a un permiso, como sí se requiere a las empresas tradicionales que ofrecen el servicio de taxi.

También deben aportar el 1.5 por ciento de las ganancias de cada viaje al gobierno estatal, para destinarlas a un “fondo de movilidad”.

Primero prestan servicio y luego los regulan

En septiembre de 2016, Uber inició operaciones en Cancún, Quintana Roo, sin que tuviera el permiso correspondiente, por lo que las autoridades de ese estado decomisaron unidades, debido a que la ley sólo permite ese servicio a quienes cuentan con una concesión.

Los diputados de esa entidad preveían discutir el tema en septiembre de 2016, pero a la fecha el tema permanece sin definirse, pues la firma recurrió a un amparo ante la SCJN.

En Yucatán el tema sí se legisló y se pidió a las plataformas digitales que se empadronaran y cumplieran con las mismas reglas de los taxis tradicionales, tales como que sus choferes presentaran una carta de antecedentes no penales, antidoping y que contaran con seguro de daños a terceros.

Además, el número de vehículos que podían operar estaba regulado por las autoridades, así como las tarifas con el fin de no generar una competencia desleal con los taxis tradicionales, sin embargo Uber no se ajustó y recurrió a un amparo ante la SCJN, aunque esta instancia le dio la razón al Congreso local, por lo que se realizan operativos para evitar que opere de manera ilegal. Cabe señalar que las empresas Easy Taxi y Cabify sí se ajustaron a la norma en esa entidad.

En el estado de Nuevo León el gobierno trabaja en una ley para regular el servicio, la cual requerirá un permiso que se refrende anualmente por unidad, el registro de los operadores y una licencia como las de los taxistas convencionales.

Aunque aún no hay una normativa, Uber y Cabify tienen más de un año operando en esa entidad, por lo que hay operativos para regular el servicio. Datos de taxistas regios indican que se realizan un millón de servicios diarios en la zona metropolitana y que el 30 por ciento es para Uber que tiene más de 20 mil unidades.

En Aguascalientes, Uber inició operaciones en marzo de 2016, aunque su funcionamiento no está regulado, por lo que deben pasar revista mensualmente ante las autoridades. En el estado de Morelos ocurre lo mismo pues aunque existe el servicio, no está regulado.

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