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Sin que el Congreso legisle, registros civiles podrán validar bodas gay

  • María Pineda
Jorge Aguilar Chedraui, líder de la LIX Legislatura, señaló que la sentencia de la SCJN no obliga a los diputados a presentar una reforma al Código Civil
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Al considera sólo la invalidez de tres artículos del Código Civil, el Congreso del Estado no legislará sobre las uniones entre personas del mismo sexo, precisó Jorge Aguilar Chedraui.

El líder de la LIX Legislatura comentó que tras revisar la notificación de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo único que se indica es la invalidez de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil, los cuales señalan que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer.

Ante esta disposición, el legislador panista explicó que no es necesario que el Congreso haga una reforma al ordenamiento legal, y que el camino a seguir es que se aplique desde los registros civiles, dependientes de la Secretaría General de Gobierno (SGG), la disposición de la Corte y permita a las parejas  del mismo sexo concretar el trámite legal.

 “Se acaba de recibir, tenemos un par de días de haberla recibido (…) ayer la revisé detalladamente y notifican, como lo habíamos previsto. Básicamente señala la invalidez de los artículos que hemos comentado (…) había  dos caminos que la indicación fuera legislar, y otro que declarara la invalidez, está declarado inválido entonces no hay mucho más que hacer por el Congreso, es un tema de aplicación estricta que lo tendrán que hacer directamente los registros civiles”.

La determinación del máximo tribunal del país para declarar inválidos los apartados 294, 297 y 300 del Código Civil del Estado, fue resultado de la acción de inconstitucionalidad 29/2016  que interpuso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Antes de que el Congreso recibiera la notificación de la sentencia que los ministros aprobaron el 1 de agosto, Aguilar Chedraui adelantó que, en caso de que la Corte instruyera a legislar sobre el matrimonio gay, éste no con  una mayoría que permitiera su reconocimiento en la ley.

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