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Darán 6 años de cárcel por pintas en inmuebles históricos

  • María Pineda
No habrá posibilidad de mediación para solicitar el perdón, establecen diputados locales de Puebla
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Realizar pintas en inmuebles considerados como patrimonio histórico o cultural será considerado delito grave, alcanzará una pena de tres a seis años de cárcel y sin posibilidad de solicitar el perdón al gobierno del estado a través de un proceso de mediación.

Lo anterior forma parte de las modificaciones hechas a la iniciativa propuesta por Eukid Castañón Herrera, diputado del PAN, para castigar hasta con 12 años de prisión a quienes dañen los bienes de dominio público.

La aprobación de las reformas al Código Penal del estado se da casi un mes después de que el panista presentó el proyecto, y tras la suspensión -en dos ocasiones- de las reuniones de las comisiones de Gobernación y Procuración y Administración de Justicia, órganos legislativos que aprobaron los cambios al ordenamiento legal.

Trabajo comunitario y posibilidad de perdón

Tras dos horas de discusión, Castañón Herrera, quien preside la comisión de Gobernación, informó que el dictamen tomó un giro al tener por objetivo el salvaguardar los bienes jurídicos, es decir la propiedad privada y pública, de las pintas o daños ocasionados por destrucción.

En ese sentido, precisó que de acuerdo con el artículo 185 el delito de pandillerismo se penalizará con una pena de uno a tres años.

Sobre las reformas en el tema de grafiti, tema que se establecerá en los artículos 413 Bis y 413 Ter, explicó que  se establece la modalidad de daño en propiedad privada o pública a través de las pintas.

"Sí se establece la modalidad de daño en propiedad privada o pública a través del grafiti, es decir dañar la propiedad pública o privada a través de grafitis, de pintas, eso sí se establece (...) las penas se fueron calificando y dividiendo en graves y no graves, y también se dividieron los tipos de inmuebles, se tipificó de una manera la propiedad privada, de otra manera los bienes de dominio público en lo que es mobiliario urbano e infraestructura, se manejó también otro párrafo específicamente para el asunto de transporte público, y se dividió los bienes inmuebles de carácter arquitectónico, cultural que son patrimonio histórico o arqueológico ", afirmó.

Así, quienes ocasionen un daño en propiedad privada serán acreedores a una sanción de uno a tres años de cárcel, trabajo comunitario de 30 a 90 días, podrán salir de prisión al pagar una fianza, y tendrán la posibilidad de dejar sin efecto el proceso judicial si les otorga el perdón del afectado, bajo el compromiso de resarcir el daño.

Endurecen penas en inmuebles públicos

Para los bienes públicos, entre ellos el equipamiento urbano e infraestructura, la condena es de dos a cuatro años de cárcel con trabajo comunitario, y posibilidad de solicitar el perdón al gobierno del estado a través del Ministerio Público, además de arreglar el bien dañado.

La penalidad mayor será de tres a seis años para quienes con pintas u otro tipo de acciones como ruptura o quema de materiales, ocasionen un daño a inmuebles que tengan un carácter histórico, cultural, arquitectónico o arqueológico.

Dicha sanción quedará asentada en el artículo 413 Ter, el cual en un principio consideró castigar hasta con 12 años estas conductas.

El daño en los inmuebles patrimonio no alcanza fianza y no tienen derecho a un proceso de mediación para solicitar el perdón de la autoridad.

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