• Política

Cárcel de 6 años por dañar bienes de médicos en Puebla

  • Héctor Llorame
Diputados buscan que las agresiones sean tipificadas como crímenes de odio
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Hasta con 6 años de cárcel buscan castigar en Puebla las agresiones y daños al patrimonio del personal de salud durante una contingencia sanitaria como la del Covid-19, pues se pretende que dichas prácticas se tipifiquen como crímenes de odio.

Una iniciativa presentada en el Congreso del estado contempla que también se impongan multas de entre 8 mil 688 pesos a 43 mil 440.

Con esto se busca inhibir los ataques y la estigmatización que ha padecido el personal médico durante la crisis sanitaria.

El proyecto de ley plantea modificar el código penal del estado para considerar como crimen de odio los daños al patrimonio o las agresiones motivadas por el oficio o profesión que ejerce la víctima.

Para ello se planea agregar al Código Penal del estado un artículo 330 Ter que diga: 

"También se entenderá que existe odio cuando el o los sujetos activos tengan por objeto causar una afectación en la persona o bienes del sujeto pasivo, sin causa justificada, en razón de la profesión o labor lícita que este último desempeña".

Para castigar los ataques contra personal de salud se propuso imponer el doble de la pena que actualmente existe por discriminación.

El artículo 357 y su fracción I del Código Penal establecen: "se aplicará prisión de uno a tres años y de cien a quinientos días de multa a todo aquél que, por razón del origen étnico o nacional, raza, género, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, preferencias sexuales, apariencia física, estado civil, creencia religiosa, ideología política, opiniones expresadas o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, la libertad o la igualdad: I.- Provoque o incite al odio o a la violencia".

Por ello la propuesta sobre los médicos consiste en modificar el artículo 358, para que diga: "las sanciones previstas en el artículo 357 del presente ordenamiento se duplicará, en el caso de la fracción I, si el sujeto pasivo se encontraré prestando servicios de salud con motivo de alguna contingencia, o declaratoria de pandemia, y su actividad o apariencia profesional fuera la causa, producido por un temor infundado de contagio".

Lo anterior significa que se impondrían de dos a seis años de prisión y multas de 17 mil 376 a 86 mil 880 pesos.

La iniciativa es promovida por los diputados de PRD, MC y CPP y se encuentra bajo análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.

8 años de cárcel por abandonar enfermos 

Otra iniciativa a su vez pretende que se impongan hasta ocho años de prisión a quien abandone a una persona contagiada de una enfermedad durante una crisis sanitaria, como la de Covid-19.

Se contempla reformar el artículo 346 del Código Penal del estado, que actualmente dicta: "al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le impondrá de un mes a cuatro años de prisión y se le privará de la patria potestad o de la tutela, si ejerciere uno de esos cargos".

A esto se busca agregar el párrafo siguiente: "la pena se duplicará cuando el obligado abandone a una persona que haya enfermado a consecuencia de estar expuesta a contagio, por motivo de su trabajo en el sector salud durante la vigencia de una declaratoria de epidemia o emergencia sanitaria".

Elm proyecto de ley es promovido por la diputada Tonantzin Fernández Díaz y también es revisado por la Comisión de Procuración.

Estas reformas se suman a las que ya se han presentado para castigar las agresiones contra el personal de salud y proteger sus derechos.

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