- Sociedad
CNDH presenta acción de inconstitucionalidad contra ciberasedio
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar el artículo 480 del Código Penal de Puebla.
De acuerdo con el organismo, esta norma puede afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión y la seguridad jurídica.
El artículo 480 del Código Penal de Puebla fue reformado y publicado el 11 de julio de 2025 en el Periódico Oficial del Estado (POE) y establece que una persona puede ser castigada con seis meses a tres años de prisión, además de multas económicas, si vigila, hostiga, intimida u ofende a otra mediante redes sociales, correos electrónicos u otros espacios digitales, cuando estas acciones alteren su vida cotidiana, privacidad o integridad.
Argumentos de la CNDH
La presidenta del organismo, Rosario Piedra Ibarra, señaló que la redacción es ambigua y poco clara, lo que deja espacio al criterio de jueces y autoridades. Según la CNDH, la norma viola principios como la seguridad jurídica, la claridad en materia penal y la idea de que el derecho penal debe usarse como último recurso.
El organismo también advirtió que castigar actos como “vigilar” u “ofender” en entornos digitales podría derivar en censura previa, limitando la crítica ciudadana, el periodismo y el libre intercambio de ideas en internet.
Lo que busca la impugnación
La CNDH pidió a la SCJN declarar inválido el artículo 480 para asegurar que las leyes de Puebla se ajusten a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos.
El organismo aclaró que no pretende confrontar a las instituciones locales, sino garantizar un marco legal que respete los derechos fundamentales.
¿Qué es una acción de inconstitucionalidad?
Una acción de inconstitucionalidad es un procedimiento legal ante la SCJN para declarar que una ley, decreto, reglamento o tratado internacional es contrario a la Constitución.
Su objetivo es asegurar el principio de supremacía constitucional y expulsar del orden jurídico las normas que no la respetan, y puede ser promovida por legisladores, partidos políticos, la Fiscalía General de la República (FGR) o la CNDH, entre otros.
Después de solicitarla, la Corte emitirá una sentencia y si declara la inconstitucionalidad, la norma impugnada se vuelve inválida y deja de tener efecto legal. Si la norma se considera constitucional, esta mantiene su vigencia y los jueces no pueden invalidarla. (MIG)
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