- Medio Ambiente
Cinco estados del país prohíben de manera expresa el encalado de árboles
Puebla se convirtió en el segundo estado del país donde el encalado de árboles está permitido por ley, a pesar de que en al menos cinco entidades —Campeche, Jalisco, Morelos, Nuevo León y Veracruz— dicha práctica es considerada dañina para la salud del arbolado urbano y el suelo.
El Estado de México fue la primera entidad en regular el uso de cal sobre los troncos de los árboles, pero la práctica no está permitida en todos los municipios, ya que cada uno tiene autonomía para establecer sus propias reglas ambientales.
De acuerdo con una revisión a las leyes, normas y acuerdos en materia de arbolado de los 32 estados, en 10 de ellos no existe una Ley de Arbolado Urbano como tal, aunque sí cuentan con regulaciones ambientales sobre el manejo de la vegetación, los asentamientos humanos, el ordenamiento territorial y las leyes forestales.
Estas entidades son:
- Baja California
- Baja California Sur
- Coahuila
- Colima
- Chiapas
- Guerrero
- Hidalgo
- Michoacán
- Sinaloa
- Tabasco
Por otro lado, aunque entidades como Durango, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tlaxcala, Zacatecas, Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, Chihuahua y Sonora sí cuentan con una ley, estas no incluyen apartados específicos que prohíban o permitan el encalado; únicamente hacen referencia a la obligación de no dañar el arbolado.
Estados que prohíben el encalado
Campeche, Jalisco, Morelos, Nuevo León y Veracruz tienen disposiciones legales claras que prohíben encalar los árboles, al considerar esta acción como un daño al medio ambiente y a los ecosistemas urbanos.
En Campeche, el artículo 33 de su ley prohíbe “pintar, rayar, encalar o fijar cualquier objeto” a los árboles urbanos.
En Jalisco, el reglamento de áreas verdes impide encalar árboles salvo autorización técnica expresa, mientras que en Morelos la ley estatal prohíbe cualquier sustancia como cal, barniz o pintura en troncos y ramas.
En Nuevo León, su norma ambiental estatal indica que no debe aplicarse cal ni otras sustancias al tronco del arbolado y en Veracruz su legislación prohíbe pintar o encalar árboles en zonas urbanas.
Puebla avala el encalado bajo condiciones técnicas
En diciembre de 2024 fue aprobada en Puebla la Ley de Arbolado y Áreas Verdes Urbanas, con el objetivo de proteger y conservar los árboles en espacios urbanos y suburbanos. De acuerdo con el artículo 23 se mencionó que quedaba prohibido pintar, rayar, encalar o colocar cualquier objeto sobre los árboles urbanos.
El Congreso de Puebla aprobó el 5 de junio de 2025 la reforma a la Ley de Arbolado que permite el encalado de árboles, y ese mismo día fue publicada horas después en el Periódico Oficial del Estado, pese a que otros decretos tardan más tiempo en entrar en vigor.
Aunque el gobierno argumentó que la medida se basa en criterios técnicos del CESVP y del INIFAP, 17 organizaciones ambientalistas expresaron su rechazo al denunciar que no fueron consultadas y advirtieron que la práctica altera el suelo, daña los árboles y simula un cuidado que no existe. (MCJ)
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