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Corcholatas de Morena deben bajar publicidad antes del 3 de noviembre

  • Anaid Piñas
De no retirar la promoción de su imagen, los aspirantes podrían quedar sujetos a un procedimiento ordinario sancionador, mismo que también se aplicaría al partido Morena
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Los aspirantes a la Coordinación de la Cuarta Transformación en Puebla tendrán que bajar la publicidad que han colocado en la entidad para promocionar su imagen de cara a la elección de 2024, a fin de evitar sanciones por violar la ley electoral.

Lo anterior tendría que ocurrir antes del 3 de noviembre. En caso de que las corcholatas de Morena estatales desacaten esa determinación, podrán ser denunciadas y sujetos a un procedimiento ordinario sancionador, lo que aplicaría también para el partido guinda.

Para el viernes, morenistas debieron haber retirado toda publicidad

El 27 de noviembre, el Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE) aprobó los lineamientos para regular los procesos políticos y garantizar la equidad en la contienda de los procesos internos de los partidos.

En el Artículo 12 de dichos lineamientos se establece un plazo de tres días para retirar la propaganda colocada durante los procesos políticos internos. Los aspirantes a la gubernatura por Morena tienen hasta las 23:59 horas de este jueves 2 de noviembre para retirar los espectaculares con su imagen y nombre.

Esto porque el retiro de publicidad anticipada debe realizarse antes de que el Consejo General del IEE declare el inicio formal del proceso electoral local, es decir, el viernes 3 de noviembre.

Estas medidas son similares a las dictadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), con los que se reguló el proceso interno federal de la Coalición Juntos Hacemos Historia y del Frente Amplio por México.

Prohibición de propaganda aplica solo para candidatos

Cabe recordar que en julio de 2020 se reformó el Artículo 232 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla para prohibir la colocación de propaganda electoral de partidos políticos y personas candidatas.

Esta traba limita la promoción de su imagen y nombre en revistas, libros, anuncios de entrevistas o de diarios, equipamiento urbano y carretero, transporte público o espacios mercantiles. (EG).

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