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TEPJF ratifica sanción contra Galindo Yamak por violencia política de género

  • Anaid Piñas
Permanecerá dos años y dos meses en el Registro de Violencia Política en contra de las Mujeres en razón de Género, por agredir a la alcaldesa Norma Layón Aarun
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El pleno de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-112/2023 y confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) contra José Galindo Yamak, regidor de San Martín Texmelucan, por lo cual permanecerá dos años y dos meses en el Registro de Violencia Política en contra de las Mujeres en razón de Género, por agredir a la alcaldesa Norma Layón Aarun.

De acuerdo con el magistrado Luis Enrique Rivero, la solicitud del regidor de reducir su tiempo de inscripción en dicho padrón era inatendible, porque la calificación de la conducta, los tipos de violencia y la intencionalidad fueron cuestiones que se acreditaron tras el análisis de la cadena impugnativa.

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“Las razones que dio el tribunal responsable están debidamente sustentadas en los lineamientos emitidos por la Sala Superior, aunado a que el plazo de dos años y dos meses se estima adecuado, por las razones que se exponen en la propuesta, por lo anterior se propone confirmar la sentencia impugnada”, leyó la secretaria de estudio y cuenta, Paola Pérez Bravo.

El 21 de abril, el TEEP resolvió el asunto especial TEEP-AE-086/2022 y su acumuladoTEEP-AE-101/2022, en cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dentro del juicio SCM-JDC-22/2023.

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Los magistrados de la SRCDMX revisaron la impugnación del regidor, pero confirmaron la primera sentencia del TEEP –con la que se acreditó la comisión de violencia política de género en contra de la presidenta municipal- le solicitaron establecer el plazo de la sanción, que quedó establecida en dos años y dos meses.

En la misma sesión se resolvieron el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-116/2023 y del juicio electoral SCM-JE-30/2023, promovidos por la regidora Yolanda Pérez Huerta y el Ayuntamiento de Juan N. Méndez, respectivamente.

Según el estudio de ambos casos, a cargo de la magistrada presidenta María Guadalupe Silva Rojas, los agravios denunciados por Pérez Huerta, al exigir la restitución de su cargo y sanción a quienes la imposibilitaron para trabajar, eran infundados. Por ello, el TEPJF ratifica la sanción contra Galindo Yamak por violencia política de género.

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