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Ley del Tabaco: prohíben exhibición y publicidad de cigarros

  • Redacción e-consulta
Tampoco se podrá fumar en espacios públicos dedicados al consumo de alimentos, bebidas y entretenimiento
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A partir de este 15 de enero todos los establecimientos comerciales deberán dejar de exhibir cajetillas de cigarros; además de que la entrada en vigor de la nueva Ley General para el Control del Tabaco amplía los espacios 100 por ciento libres de humo.

El nuevo reglamento prohíbe exhibir las cajetillas en tiendas y mostradores de otros puntos de venta, estantes o exhibidores donde el consumidor pueda observarlos y tomarlos directamente. Asimismo, no se podrá fumar en cualquier espacio público pues la nueva ley promueve los espacios 100 por ciento libres de emisiones de humo de tabaco o de cualquier producto que contenga nicotina.

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Las zonas exclusivamente para fumar deberán ubicarse en espacios al aire libre, en donde está prohibido cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, así como actividades sociales o de esparcimiento, de acuerdo con el artículo 60 del reglamento.

Estas áreas deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones; tampoco deberán ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.

Deberán estar en un perímetro de al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen y no deberán ser mayor al 10 por ciento del área total del inmueble o establecimiento.

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También deben contar con la señalización visible que prohíbe la entrada a menores de edad y emplear señalización que incluya advertencias sanitarias gráficas sobre los efectos y daños a que se exponen las personas por entrar en zonas exclusivas para fumar.

El empaque de los productos de tabaco y etiquetado externo, que se use desde su comercialización hasta su consumo final, deberá contar con mensajes sanitarios que adviertan daños a la salud.

La publicidad queda prohibida en medios de comunicación como radio y televisión, redes sociales, reuniones o comunicaciones personales e incluso en mensajes enviados por correo, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Ahora en lugar de los clásicos aparadores de cigarrillos en tiendas o establecimientos se colocará un listado impreso con los nombres de las marcas, la descripción del producto y su precio por cajetilla.

La titular de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), Gady Zabycky Sirot, anunció que las medidas servirán para que México se convierta en “uno de los países a la vanguardia en la protección de la salud de niños, niñas y adolescentes”.

El reglamento publicado el 16 de diciembre entró en vigor este 15 de enero con la intención de reducir las emisiones de cualquier producto de tabaco, informó el director de la Oficina para el Control del Tabaco de Conadic, Carlos Gámez Espinoza.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) será la encargada de vigilar que se lleve a cabo la nueva ley e impondrá sanciones en caso de que no sean acatadas.

De acuerdo con la información oficial existen en el país 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen 173 por enfermedades relacionadas con el tabaquismo. Si requieres atención para dejar de fumar puedes llamar a la Línea de la Vida: 800 911 2000.

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