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Preparan decreto para no fumar en estadios de México

  • Edwin García
Se trata de un anteproyecto que prohíbe encender cigarros en espacios públicos, centros deportivos, de espectáculos y otros sitios de congregación
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La Ley General para el Control de Tabaco podría incluir las prohibiciones para fumar tanto cigarro como nicotina en playas, estadios y centros de espectáculos, según alista el Congreso de la Unión a través de un decreto presidencial.

Se trata de un anteproyecto que ya fue enviado por la Secretaría de Salud (Ssa), y que cuenta con el respaldo y firma del presidente Andrés Manuel López Obrador, a la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) donde se detalla que toda forma de publicidad o promoción de productos con tabaco en redes sociales y servicios de streaming también estará prohibida.

 

Perjudicial a todas las escalas

Andrés Manuel argumentó este martes que el tabaquismo es una enfermedad crónica y recurrente que en un 80 por ciento de los casos se inicia desde antes de los 18 años de edad. Además, esto mantiene a las y los consumidores a merced de la dependencia que produce la nicotina, pero la repercusión también recae sobre manifestaciones clínicas como trastornos cardiovasculares, respiratorios y aparición de tumores en diversas áreas del organismo.

Aunado a esto, el presidente de la república remarcó el elevado costo económico que resulta del consumo de tabaco, pues se incluyen altos costos sanitarios para tratar las enfermedades que causa y la pérdida de capital humano debido a su morbimortalidad.

 

¿Cómo se lograría la prohibición?

Este anteproyecto incluiría en el artículo 65 bis que por “razones de orden público e interés social” quedará prohibido encender cualquier producto de tabaco o nicotina en espacios normalmente ocupados por la concurrencia colectiva, entre los que se encuentran patios, terrazas o balcones.

Otros sitios donde aplicaría la prohibición serían parques de diversiones, lugares donde permanezcan o se congreguen menores, espacios deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, entre otros.

“Por razones de orden público e interés social, queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, incluidos de manera enunciativa, mas no limitativa.

“Los patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas y niños, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte y demás que establezca la secretaría”, señala el artículo 65 bis.

Cabe resaltar que el anteproyecto presidencial busca en su artículo 40 que también se prohíba toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco ya sea en forma directa o indirecta, lo que también incluye a cualquier medio de comunicación y difusión tanto en medios impresos, visuales y audiovisuales, como cine, televisión, radio, pero también en redes sociales y de servicios de streaming.

“Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión (…) tales como revistas, diarios, periódicos, folletos, volantes, boletines, cartas, vallas publicitarias, carteles, letreros, entre otros.

“Comunicación personal por correspondencia a través del Servicio Postal, así como a través de correo electrónico; radio, cine, televisión, teatro, espectáculos en vivo, películas cinematográficas, DVD, CD, entre otros, tanto terrestre como por satélite; redes sociales; actividades, plataformas o aplicaciones digitales; a través de servicios de streaming; exhibición en vehículos individuales o colectivos”.

 

Van hasta por los cigarros de chocolate

Más adelantados aún, dicho anteproyecto busca que también quede prohibida la “elaboración, venta y entrega de alimentos, golosinas, juguetes y otros objetos que se asemejen a un producto del tabaco y que puedan resultar atractivos para los menores de edad”.

Aunado a esto también estará prohibido el uso de dibujos de tipo animado en publicidad o envases de productos del tabaco, así como la utilización de expresiones periodísticas, artísticas o académicas o de comentarios sociales o políticos que promuevan la compra y consumo de los productos de tabaco.

El decreto presidencial entraría en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Foto: Agencia Enfoque / Ilustrativa

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