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Exoneran a Claudia Rivera y sancionan a David Méndez
Por considerar que el Tribunal Electoral del Estado (TEEP) no fue exhaustivo para revisar la denuncia contra Claudia Rivera Vivanco por bardas que promocionaron su búsqueda de la reelección, la Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó parcialmente la sentencia emitida a nivel local.
Este jueves los magistrados resolvieron los expedientes SCM-JE-29/2022 y SCM-JE-30/2022 , impugnaciones que inició un ciudadano contra Claudia Rivera Vivanco por promoción personalizada y por no eliminar los espectaculares de campaña por la reelección.
En la primera, la sala regional revocó parcialmente pues consideró que el TEEP no hizo investigación a fondo sobre los espectaculares que no fueron retirados tras las campañas de 2021. Además no se acreditó si efectivamente se usaron recursos públicos para su promoción.
Por otra parte, el tribunal federal confirmó la resolución del TEEP al segundo expediente en donde se declararon inexistentes los agravios por promoción personalizada y actos anticipados de campaña.
David Méndez violó veda electoral de la Revocación de Mandato
Por otra parte, en sesión ordinaria de la Sala Especializada del TEPJF concluyó que David Méndez Márquez sí violó la veda electoral de la revocación de mandato.
La denuncia fue presentada el lunes 4 de marzo, por una ciudadana argumentando que Méndez Márquez, utilizó recursos públicos del Instituto Nacional de Migración (INM), del cual actualmente es delegado en Puebla, por lo que el INE abrió el Proceso Especial Sancionador JL/PE/MGEA/RM/PEF/PUE/5/2022.
Aunque el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió medidas cautelares, el máximo tribunal concluyó que el Órgano Interno de Control de la Secretaría de Gobernación, deberá analizar la sanción al funcionario.