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Luego de 7 años, Jalisco aprueba matrimonio igualitario

  • Cristián García
También sancionó las terapias de conversión y aprobó la ley de identidad de género
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El Congreso del Estado de Jalisco aprobó reformas al código civil para que se reconozca el matrimonio igualitario, la identidad de las personas transgénero y se sancione a quién realice terapias de conversión.

El congreso tardó siete años en cumplir la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que señalaba como discriminatorio e inconstitucional el Código Civil de Jalisco que definía al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer.

La reforma se aprobó con 26 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones; la votación se hizo vía papeletas por lo que no fue pública la postura de cada legislador. La acción fue promovida por la diputada Susana de la Rosa argumentando agresiones ocurridas contra diputados.

Antes de la votación se hizo una pequeña modificación no significativa al dictamen, con lo cual se precisa que el matrimonio es una institución de carácter público e interés social, por medio de la cual dos personas deciden unirse para realizar la comunidad de vida, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones.

En 2015 la SCJN ordenó reconocer el matrimonio igualitario señalando que las constituciones violentaban los derechos humanos al no reconocerlos, los estados que lo aceptan de esta forma son: Aguascalientes (2019), Chiapas (2017) Puebla (2017) Jalisco (2016) Nuevo León (2019) Baja California (2014) y Sonora (2021).

Los estados que permiten y reconocen los matrimonios igualitarios son: Ciudad de México (2010), Campeche (2016) Chihuahua (2015) Colima (2016), Coahuila (2014), Michoacán (2016), Morelos (2016), Nayarit (2015), Hidalgo (2019), Baja California Sur (2019), Jalisco (2022), Oaxaca (2019), San Luis Potosí (2019), Tlaxcala (2020), Quintana Roo (2012), Yucatán (2021), Sinaloa (2021), Querétaro (2021), Sonora (2021).

Aún faltan nueve entidades por aprobar la unión entre personas del mismo sexo: Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Zacatecas.

Multarán “terapias de conversión”

Asimismo, se reformó el Código Penal para sancionar la aplicación de las terapias de conversión con multas de hasta 28 mil 866 pesos a quienes obliguen a otras personas a someterse a tratamientos que pretendan modificar o imponer la identidad de género u orientación sexual.

Con 32 votos a favor y 5 en contra, se prohibieron los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (Ecosig), esto luego de que se modificara la propuesta original que contemplaba pena de 1 a 3 años de cárcel y la inhabilitación del ejercicio profesional a quien imparta esas “terapias”.

Aprueban ley de cambio de género

Adicionalmente, el Poder Legislativo reformó la Ley del Registro Civil y el Código Civil estatales, por lo que se reconoció la identidad de personas transgénero y mayores de edad podrán obtener acta de nacimiento conforme a su nombre real.

Esto supone una regresión en los derechos, pues en noviembre de 2020 el gobernador Enrique Alfaro firmó un decreto que modifica el registro civil para reconocer el derecho a la identidad, en la que sí se incluye a infancias y adolescencias.

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