• Seguridad

Congreso busca endurecer penas en delitos cibernéticos

  • Mariana Salinas
Iniciativa de Movimiento Ciudadano propone tipificar fraude cibernético y sabotaje informativo
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El diputado local, Fernando Martínez Morales, del partido Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para clasificar ciberdelitos y aumentar penas por usurpación de Identidad y fraude cibernético.

El pasado 3 de marzo, Morales Martínez presentó ante el Congreso del Estado, los artículos 404 y 475; adicionar los artículos 479 y 479 Bis del Código Penal del Estado para tipificar de manera específica delitos considerados en la Ley en defensa de la Ciberseguridad, con la finalidad de garantizar el derecho a la protección de la identidad y datos personales.

Esta propuesta busca robustecer la ley en Puebla que castiga los delitos digitales, como las iniciativas que se han presentado a nivel federal para garantizar el acceso seguro al internet de las personas. La iniciativa pretende evitar las prácticas digitales fraudulentas como el phishing que duplica correos electrónicos con información de los usuarios de redes sociales, bancos o compañías telefónicas.

Otra de las prácticas que se han incrementado en la actualidad es el skimming, el robo de tarjetas bancarias a través de dispositivos instalados en cajeros o el smishing que, con mensajes de texto buscan engañar a las personas sobre una compra sospechosa y busca que la potencial víctima envíe un número telefónico o código para llamar e impedir el supuesto cargo, entre otros delitos. 

Por ello se propone considerar en el artículo 404 del Código Penal que los fraudes también pueden ser castigados por el uso indebido de mecanismos cibernéticos, sistema digital y las nuevas Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones (TICS) o la manipulación de equipos de cómputo, dispositivos móviles, redes sociales y correo electrónico.

También propone adicionar el artículo 479 que clasifica ciberdelitos de usurpación de identidad o robo de identidad en internet como la acción de que por cualquier medio una persona obtenga datos personales en perjuicio de un tercero, con el objetivo de suplantar su identidad en sistemas de comunicación y redes sociales como WhatsApp, Telegram, Facebook, Twitter o Instagram.

También se considera el fraude cibernético como la acción de una persona para hacer una estafa a través de internet, para realizar transacciones ilícitas al patrimonio.

También se incluye el artículo 479 BIS que propone tipificar delitos por: acceso ilícito a sistemas y equipos de informática; acceso no autorizado a servicios informáticos; ataques cibernéticos; ciberterrorismo; amenazas cibernéticas; sabotaje informático; espionaje informático; robo de software; revelación de secretos contra la indemnidad de privacidad de la información sexual; en materia de derecho de autor; engaño telefónico; falsificación de títulos o documentos crediticios; alteración o manipulación de medios de identificación electrónica y difusión de imágenes falsificadas de personas.

Esta iniciativa fue presentada tras la ola de casos de usuarios de WhatsApp que en las últimas semanas fueron víctimas de robo de cuentas y contactos que tiene el fin de conseguir información personal para extorsionarlos.

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