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Corte avala que uso de cubrebocas sea obligatorio

  • Redacción e-consulta
Los estados pueden aplicar la medida y sancionar con multa su desacato
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Los estados de la República pueden imponer el uso obligatorio del cubrebocas para enfrentar emergencias sanitarias, aun si el gobierno federal no establece dicha medida, resolvió ayer la Suprema Corte de Justicia.

El Pleno de la Corte declaró constitucional, por ocho votos contra tres, una reforma de febrero de 2021 a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, que autorizó al gobierno local ordenar el uso obligatorio de cubrebocas para todos los mayores de dos años, mientras esté vigente una emergencia sanitaria por enfermedad contagiosa.

Si lo ordena la autoridad estatal, el cubrebocas, es obligatorio en espacios y vías públicas y otros espacios de acceso no restringido, y el desacato a su uso es sancionable con multa de hasta 481 pesos.

La reforma fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que alegó que Nuevo León invadió atribuciones federales, ya que la Constitución reserva la competencia en casos de emergencia al Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud.

“Permitir la vigencia de las normas como las que se combaten, distorsionan el propósito del Constituyente, pues impide que exista uniformidad en los principios, criterios, políticas y estrategias aplicables en todo el territorio nacional en materia de salubridad general”, afirmó en su demanda la presidenta de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra.

La ministra Loretta Ortiz destacó que EU, Canadá y Francia han dejado parte de la respuesta contra Covid a los gobiernos locales, según una información del periódico Reforma.

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