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Revocan suspensiones contra la ley de reforma eléctrica

  • Redacción e-consulta
La reforma no provoca, de momento, perjuicio alguno a las empresas privadas, consideran magistrados
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Un tribunal federal revocó las suspensiones definitivas concedidas que mantenían frenada la entrada en vigor de la reforma eléctrica impulsada por la actual administración federal.

Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones resolvieron por mayoría de dos votos que la paralización de la reforma eléctrica publicada el 9 de marzo pasado, que da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre empresas privadas, no es procedente por ahora.

Indicaron que la reforma no provoca, de momento, perjuicio alguno a las empresas privadas toda vez que el artículo tercero transitorio prevé un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector.

Añadieron que los amparos y las suspensiones en contra de la reforma eléctrica procederán cuando existan las normas que regulen al sector o cuando las autoridades les inicien procedimientos de revisión o revocación de permisos.

En mayo pasado, la Presidencia de la República solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizar la legalidad de las suspensiones que mantenían paralizada la entrada en vigor de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.

Sin embargo, la Consejería Jurídica de la Presidencia presentó un escrito de desistimiento a la solicitud de facultad de atracción con la que buscaba que la Corte resolviera los recursos zanjados ahora por el Primer Tribunal Colegiado.

La Suprema Corte tiene pendiente la resolución de la controversia constitucional presentada contra la reforma eléctrica por parte de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

En su demanda, la Cofece argumentó que la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica viola la libre competencia al privilegiar a la CFE sobre las empresas privadas de generación de energía renovable.

En esta impugnación la Suprema Corte negó la suspensión que la Cofece solicitó, por lo que una vez notificada la sentencia del Primer Tribunal Colegiado ya no existirá medida alguna que mantenga frenada la entrada en vigor de la reforma.

Asimismo, está pendiente la resolución de la acción de inconstitucionalidad que fue presentada por senadores de la oposición en contra de la misma modificación legal, quienes alegaron que la reforma contraviene los principios de legalidad, seguridad jurídica y no retroactividad al dar marcha atrás a las condiciones contractuales establecidas mediante la reforma energética aprobada en el sexenio pasado, según información publicada por el diario El Universal.

 

 

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