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Juez federal frena Ley de Hidrocarburos

  • Gilberto Arribalzaga
La aplicación de la ley fue detenida porque atenta contra el libre mercado en el sector.
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Un juez federal detuvo la aplicación de la Ley de Hidrocarburos, cuyo decretó fue publicado el 4 de mayo de este año, motivo por el cual el gobierno federal está impedido a ponerla en marcha, porque atenta contra la competencia y libre concurrencia, además de que podría abonar a que Petróleos Mexicanos (Pemex) retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética.  

Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con jurisdicción en todo el país, otorgó una suspensión provisional que tiene efectos generales y que protege a todas las empresas del sector.  

La medida cautelar fue solicitada por los apoderados legales de Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antluc y de Distribuidora de Combustibles Mil, así como por Dalia Pilar Lamarque Picos, por su propio derecho, contra actos de la Cámara de Diputados y de otras autoridades.  

El juez dijo que la reforma eliminó la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, lo que brinda exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones.  

“Este precepto otorga una ventaja competitiva para ciertos participantes del sector, circunstancia que vulnera el derecho fundamental de libre competencia económica y concurrencia tutelado por la Constitución. Este tipo de ventajas también podrían abonar a que Petróleos Mexicanos retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo que sin duda implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector”, explicó.  

Estimó que el contenido de los artículos transitorios podría reducir considerablemente el número de participantes en los mercados de petrolíferos, de petroquímicos y de hidrocarburos.  

Precisó que la presente medida cautelar no exime a los permisionarios de cumplir con los requisitos de almacenamiento previstos en la legislación vigente, sino únicamente que no les sea aplicable la consecuencia prevista en el artículo cuarto transitorio del decreto reclamado.  

Con información de Milenio. 

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