• Economía

No aumentarán impuestos pero SAT apretará a contribuyentes

  • Maribel Morillón
Especialistas prevén mayor presión para aumentar la recaudación
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Aunque el gobierno del estado de Puebla aseguró que no habrá aumento en los impuestos para el ejercicio fiscal 2021, lo cierto es que el próximo año podría traer más gastos para los poblanos con las modificaciones en la miscelánea fiscal federal publicada este día en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Así lo consideró el contador público y licenciado en Derecho, Miguel Ángel Santillana Solana, quien explicó las repercusiones, positivas y negativas de las adiciones y derogaciones en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR); la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA); del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y al Código Fiscal de la Federación (CFF).

El especialista en asesoría y defensa fiscal explicó en entrevista con e-consulta que lo previsto es que el Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), recaude más ingresos a través de un esquema más rígido de fiscalización, que impactará el bolsillo de los poblanos.

"En realidad el titular del ejecutivo local (Miguel Barbosa) no ha faltado en que no va a aumentar los impuestos y en realidad no han aumentado, pero los esquemas de revisión de fiscalización por parte de la autoridad serán más duros y agresivos en el ejercicio del 2021", expuso.

Agregó que la tendencia del fisco ahora será mediante carta de invitación, una forma más rápida y efectiva de recaudar impuestos. La recomendación es que el contribuyente conozca las reformas y que con sus asesores trate de prevenir situaciones indeseables.

Santillana Solana señaló, entre otras, una modificación importante a la ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el título tercero que habla de las donatarias, que estarán restringidas para no superar el 50 por ciento de sus ingresos por actividades no relacionadas con su objeto social, lo que abarca la venta de productos y eventos de recaudación.

También hay modificaciones importantes en el artículo 5A del Código Fiscal que habla de la recaracterización de operaciones en la venta tributaria de negocios como tal y se modifica el último párrafo del artículo 5A para darle una tesitura penal.

Otra reforma al Código Fiscal es la modificación al artículo 69C que acota el término del acuerdo ante la Procuraduría de la Defensa del Consumidor (Prodecon), con un plazo de 20 días después de la notificación del acta final o del oficio de observaciones al contribuyente auditado.

Con la reforma al artículo 40 y 40A del Código Fiscal en el embargo precautorio, se va a dar prioridad al embargo de cuentas bancarias del contribuyente, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados.

Esta medida se aplicará únicamente cuando todas las demás medidas de apremio se hayan agotado o cuando la visita se realice en puestos semifijos o ambulantes que no puedan mostrar toda su documentación fiscal.

El especialista también hizo énfasis en la Ley de IVA, donde va a haber modificaciones en las enajenaciones de bienes usados por plataformas digitales, a las cuales se les podrá suspender su operación cuando incumplan con sus obligaciones fiscales en México, estableciendo multas de 500 mil a un millón de pesos.

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