- Política
Gobierno indemnizará a víctimas de delito hasta con 42 mp al mes
El gobierno de Puebla podría indemnizar hasta con 42 mil 245 pesos mensuales a las víctimas de algún delito cuando el responsable muera, desaparezca o huya de la justicia sin pagar la reparación del daño.
Así lo plantea la Ley de Víctimas del estado, enviada por el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Congreso del estado el miércoles.
El proyecto de ley contempla en su artículo 64 que, cuando en la resolución judicial no se determine la compensación a cargo del sentenciado, de sus recursos o de los que se obtengan de la liquidación de los bienes decomisados, el gobierno del estado cubrirá el pago para los agraviados.
La cifra de la compensación a la que se podrá obligar al gobierno estatal será hasta de quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA)s mensuales, de manera proporcional a la gravedad del daño sufrido, aunque se advierte que el monto “no podrá implicar el enriquecimiento para la víctima”.
El @Gob_Puebla indemnizaría hasta con 42 mil 245 pesos a víctimas de delitos si el responsable muere, desaparece o huye sin cubrir la reparación del daño, según la Ley de Víctimas del estado enviada por @MBarbosaMX al @CongresoPue. @e_consulta @periodistasoy pic.twitter.com/8mEGEU7GUl
— Héctor Llorame (@HectorBLN) 26 de septiembre de 2019
De fijar las cantidades se encargará la Comisión Estatal de Víctimas, órgano público descentralizado (OPD) que propone crear el mandatario en su proyecto de ley.
El dinero para las indemnizaciones saldrá del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Puebla, que tendrá recursos públicos etiquetados por el Congreso del estado en la Ley de Egresos de cada año.
Para fijar el monto la Comisión Estatal deberá tomar en cuenta dos aspectos: “I. la determinación del Ministerio Público cuando el responsable se haya sustraído de la justicia, haya muerto o desaparecido o se haga valer un criterio de oportunidad, y II la resolución firme emitida por la autoridad judicial”.
Y agrega: “la determinación de la Comisión Estatal deberá dictarse dentro del plazo de noventa días contados a partir de emitida la resolución correspondiente. El monto de la compensación subsidiaria a la que se podrá obligar al gobierno estatal será hasta de quinientas unidades de medida y actualización mensuales, que ha de ser proporcional a la gravedad del daño sufrido y no podrá implicar el enriquecimiento para la víctima”.
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