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Barbosa creará Consejo de Indulto para liberar a presos políticos
El gobernador Miguel Barbosa Huerta anunció la creación de un consejo para determinar cuáles de quienes se dicen presos políticos serán beneficiados con el indulto que aprobó el Congreso del estado.
En entrevista este lunes al acudir al informe de la LX Legislatura, dio a conocer que él encabezará el nuevo organismo, pero no precisó quién más lo integrará.
Solo adelantó que el consejo se encargará de revisar cada caso de las personas encarceladas para evaluar quiénes son acreedoras al indulto.
No calculó cuántos presos políticos existen en el estado al señalar que todos los prisioneros se consideran como tal, así que es necesario un ente que lo valide.
“Si tú les preguntas, todos se dicen presos políticos, pero en la ley no existen los delitos políticos, por eso se tiene que revisar”, enunció.
Congreso aprueba iniciativa de Barbosa
Barbosa Huerta obtuvo la facultad de indultar a presos políticos este lunes, tras el aval del Congreso del estado a la iniciativa que envió apenas hace cinco días.
Su propuesta consistía en reformar el artículo 122 del Código Penal y se aprobó por mayoría en una sesión extraordinaria del pleno convocada especialmente para votarla.
El dictamen obtuvo 32 votos a favor, cuatro en contra del PAN y una abstención.
La coordinadora de los panistas, Mónica Rodríguez Della Vecchia, señaló que su bancada votó en contra porque la reforma dará a Barbosa Huerta poder para revertir las sentencias del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), así que violenta la división de poderes, pero esto fue rechazado por los diputados de Morena y PT.
Con la reforma el titular del Poder Ejecutivo podrá indultar de manera “excepcional y discrecional” a las personas a las personas mayores de 70 años que ya cubrieron al menos una cuarta parte de su condena; las que padecen una enfermedad en fase terminal; las mujeres con más de 5 años en prisión desde una perspectiva de género y a los acusados de delitos con “carácter político”.
El dictamen
Tras las modificaciones el nuevo artículo 122 del Código Penal quedó de la siguiente manera:
“De manera excepcional y discrecional, el gobernador, gobernadora o titular del Poder Ejecutivo podrá otorgar el indulto, por cualquier delito del orden común que no sea de los que merezcan prisión preventiva oficiosa o se clasifiquen como graves por la ley, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que informe respecto a la viabilidad o no del beneficio, expresando sus razones y fundamentos, siempre que sea por cuestiones humanitarias, sociales o de equidad, o existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada, y ésta, además, de haber observado buena conducta durante su reclusión, reúna alguno de los requisitos siguientes:
I.- Que se trate de una persona indígena, víctima de discriminación por su pertenencia a un grupo, etnia y diversidad cultural o de alguna otra violación grave similar a sus derechos humanos, en cuyo caso se analizarán los usos, costumbres, tradiciones y cultura inherentes a dicha unidad social;
II.- Que se trate de persona mayor de 70 años y que haya cumplido con al menos una cuarta parte de la pena privativa de la libertad impuesta, independientemente del tiempo de su duración;
III.- Que padezca una enfermedad en fase terminal, dictaminada por médico especialista o perito de institución de salud pública, independientemente del tiempo compurgado;
IV.- Que haya realizado acciones destacadas en beneficio de la comunidad, siempre y cuando se hayan realizado de manera lícita;
V.- Que se trate de mujer, cuya pena privativa de la libertad sea menor de cinco años, desde una perspectiva de género, o
Foto: Agencia Enfoque