- Política
CTM de Puebla se ampara contra la reforma laboral
La Confederación de Trabajadores de México (CTM) en Puebla interpuso tres amparos contra la reforma laboral y advirtió que podría presentar otros 150 porque amenaza el sindicalismo tradicional.
El líder Leobardo Soto Martínez señaló este lunes que buscan echar abajo algunas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo porque “son absurdas”.
En rueda de prensa el exdiputado local sostuvo que “no le asusta” la reforma que busca regular las dirigencias de los sindicatos, al presumir que él y los presidentes de las agrupaciones adheridas a la CTM fueron electos “democráticamente”.
Sin precisar los artículos de la ley con los que está inconforme, insistió en que “hay temas absurdos que hay que combatir”.
Se jactó de que la ley “agarra bien paradas” a las agrupaciones gremiales y por ello tratarán de frenarla en “unidad”.
La ola de amparos —adelantó— es resultado de “la asamblea de análisis y posicionamiento jurídico” realizada este lunes.
Temen disolución de sindicatos
Ángel Celorio Guevara, coordinador jurídico de la CTM a nivel nacional, refirió que pretenden revocar lalibre afiliación porque busca “disolver” a los sindicatos.
Esta medida se encuentra en el artículo 357, que dice: “los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas”.
El cetemista consideró que peligra el sindicalismo porque las empresas podrán tener “hasta 20” sindicatos, pero ninguno tendrá una representación sólida porque los agremiados de cada uno serán pocos.
Además alertó que ninguna compañía permitirá tantas agrupaciones, así que con esto se ahuyenta la inversión y se castiga a las existentes.
Por esto dio a conocer que en todo el país suman 461 amparos contra la reforma laboral, promulgada el pasado 1 de mayo para conmemorar el Día del Trabajo.
Entre las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo también se encuentra la de hacer opcional la afiliación a un sindicato.
El artículo 358 indica en su fracción I que: “nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato, federación o confederación”.
En la fracción siguiente establece: “los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género”.
El artículo 110 también precisa que las cuotas sindicales no se descontarán obligatoriamente del salario, sino que el trabajador podrá cubrirlas a su libre albedrío.
Foto: Agencia Enfoque