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Dan 6 meses para armonizar Ley de Extinción de Dominio en Puebla
Puebla y el resto de las entidades del país tendrán seis meses para armonizar su legislación con la Ley de Extinción de Dominio, publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
En el apartado de los artículos transitorios se prevé que los 180 días comenzarán a correr al siguiente día de la publicación, por lo que este sábado entró en vigor.
La ley propuesta en la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por legisladores federales a finales de julio, considera la pérdida de bienes vinculados con personas procesadas en diversos delitos.
"La extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los Bienes a que se refiere la presente Ley, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados Bienes", se señala en su texto.
En el listado de delitos que se contemplan para hacer válida la extinción de dominio está el secuestro, en materia de hidrocarburos y otros derivados del petróleo, contra la salud, el encubrimiento, los cometidos por servidores públicos y la extorsión.
Sobre el destino de los bienes se mencionan consideraciones que pueden ir de lo que decida la sentencia y las autoridades involucradas a nivel federal y estatal, hasta su destrucción.
Se consideran dentro de los bienes para aplicarse esta ley, los que se hayan obtenido de manera ilícita, los que cuyo origen refleje contradicciones y también los que se empleen para delinquir.
De la ley también resalta que, aunque se tiene previsto un proceso para determinar la extinción que considera presentación de pruebas, se descartan esos pasos cuando los hechos son no controvertidos, confesados, imposibles e inverosímiles.
Tras la aprobación de la ley en la Cámara de Diputados esta ha recibido críticas que señalan que pueden revertirse decisiones con amparos y que es limitado el listado de delitos contemplados conforme lo que se ha hecho en otros países.
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