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Sanciona TEPJF a periodista poblano por violencia de género

  • Efraín Núñez
La Sala Regional del TEPFJ exige una disculpa pública a favor de la denunciante, la cual debe difundirse en medios masivos de comunicación
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La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este jueves que el comunicador Fabián Gómez Hernández incurrió en violencia política de género en sus publicaciones en contra de Violeta Lagunes Viveros, ex aspirante de Morena a presidenta municipal, por lo que deberá ofrecer a la agraviada una disculpa pública

Durante la sesión de este jueves los magistrados revocaron la sentencia por parte del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) en la que si bien se halló responsable al periodista, se omitió el establecimiento de una sanción, en tanto que se sugiere a los magistrados locales que la disculpa pública se difunda en periódicos locales.

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Son inoperantes los argumentos del denunciado

Respecto a los juicios SCM-JDC-838/2018 y SCM-JE-32/2018 los magistrados consideraron inoperantes los argumentos de la parte denunciada quien aludió a su derecho a la libertad de expresión, además de señalar que no estaba demostrado que Lagunes Viveros fuera aspirante a un cargo de elección popular

Los magistrados señalaron que Gómez Hernández no controvirtió las razones esgrimidas por el Tribunal Local respecto a la vulneración de los derechos de actora

Los magistrados subrayaron que la violencia política en razón del género abarca acciones y comunicaciones diseñadas para prevenir, controlar o limitarla participación de las mujeres en la esfera pública.

“Es infundado el argumento relativo a la libertad de expresión puesto que en el caso no se justifica un interés público de estas publicaciones. Sino que constituyen una injerencia arbitraria en la vida privada y familiar de la actora”.

Los magistrados revocaron la sentencia del Tribunal Local al señalar que incurrió en una omisión al no imponer una sanción al portal del Internet del denunciado, por lo que sugieren pensar en una, al tiempo de subrayar que los medios de comunicación también están obligación a no incurrir en violencia política de género.

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“Tribunal revictimiza”

Durante su participación el magistrado presidente, Armando Maitret Hernández, afirmó que en su sentencia el Tribunal local revictimizó a la parte agraviada al no tener cuidado en su redacción. 

“Se les plantea revocar la impugnación para que se haga cargo de aspectos que dejó de tomar en consideración. El Tribunal debe tener el cuidado en el lenguaje que utiliza la redacción en la sentencia, ya que se hace público el nombre de un menor que resulta ser una víctima indirecta”.

Agregó que en la doctrina Latinoamericana del derecho electoral los órganos jurisdiccionales tienen la facultad para sancionar la violencia política de género

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