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Campañas del gobierno federal aluden a coalición del PRI: TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual dio respuesta a las consultas de diversas dependencias relacionadas con propaganda gubernamental para los procesos electorales federales y locales, y le ordenó pronunciarse respecto a la campaña “Soy México 2018” , versión “Registro de la Población México- Americana 2018” de la Secretaría de Gobernación (Segob).
Además, determinó que los supuestos de excepción del acuerdo, encuadran en los conceptos de información educativa y salud, pues en su mayoría se relacionaban con información de becas, turismo, aspectos culturales, entre otros.
Al resolver el SUP-RAP-60/2018 y acumulados, interpuestos por los partidos Encuentro Social y Acción Nacional así como por el Director General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Subsecretaría de Normatividad y Medios de la Segob, el Pleno del TEPJF desestimó los alegatos de los partidos actores, relacionados con los supuestos de excepción.
Las magistradas y magistrados resolvieron que el INE sí cuenta con atribuciones constitucionales y legales para dictar las medidas necesarias a fin de garantizar la equidad en la contienda electoral, por lo que resultó correcto haber ordenado modificar la denominación de la campaña gubernamental del Consejo de Promoción Turística de México “Viajemos todos por México”, al vincularse con la coalición “Todos por México”, dada la identidad de las expresiones ya que puede posicionarla frente a otros contendientes y confundir al electorado.
Respecto a la campaña informativa “Soy México 2018”, versión “Registro de Población México-americana 2018” de la Segob, el Pleno consideró que al aparecer el extitular de la dependencia, ahora candidato, el Consejo General del INE, debe analizar su contenido y pronunciarse respecto a si se está en presencia de una posible infracción a la normativa electoral. Por ello, revocó esta parte del acuerdo y ordenó al INE que, a la brevedad, se pronuncie respecto de la licitud del contenido de la indicada propaganda.