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Cárdenas se blinda e impugna la convocatoria independiente
Para blindarse ante la posibilidad de que no se le permita obtener la candidatura independiente a la gubernatura, Enrique Cárdenas Sánchez impugnó los requisitos de renunciar a su militancia partidista un año antes de la elección, conseguir el 3 por ciento de firmas de apoyo de la lista nominal y la necesidad derecabar éstas en 144 de los 217 municipios del estado.
Cabe señalar que los requisitos que el ex rector de la UDLAP busca dejar sin efecto ya fueron declarados como válidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en noviembre de 2015, al resolver las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PRI, Morena y MC.
Este martes el recurso se presentó ante el Instituto Electoral del Estado (IEE), órgano que remitirá el juicio para la protección de los derechos político-electorales a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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Cárdenas Sánchez precisó que su defensa va en contra de la exigencia de renuncia a la militancia debido a que participó en el proceso para elegir al coordinador de Organización Electoral Estatal de Morena, lo cual podría convertirse en un impedimento para que su registro como candidato independiente se declare procedente.
Aunque el economista no es militante de Morena, la fracción III del artículo 201 Bis Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla(Coipeep) marca que no podrán aspirar a esta figura quienes: “Hayan participado en un proceso interno de selección de candidatos de algún partido político o coalición en el mismo proceso electoral”.
La impugnación que Cárdenas Sánchez formuló se dio de manera previa a que entregue al IEE su manifestación de interés para participar en la elección de 2018 como aspirante a candidato independiente, etapa que vence el 26 de diciembre.
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Pese a fallo de la Corte, impugna porcentaje y distribución de firmas
Alberto Peralta Merino, abogado de académico, expuso que otro punto impugnado es el de recabar firmas de apoyo del 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en el listado nominal, así como que éstas tengan que distribuirse en dos terceras partes de los 217 municipios de Puebla.
En entrevista, expuso que si bien el Congreso local tuvo libertad de configuración para establecer los requisitos para los candidatos independientes, la cantidad que se exige de firmas va en contra de la regla federal, la cual establece que los aspirantes a la presidencia de la República deben reunir el 1 por ciento de firmas de apoyo.
Peralta Merino aseguró que hay posibilidades de que los magistrados de TEPJF dejen sin efecto los candados pese a que la Corte declaró como válidos los requisitos que el Congreso fijó en la reforma electoral de 2015.
Recordó que en el proceso electoral de 2016, la Sala Superior del TEPJF dejó sin efecto la aplicación del criterio de territorialidad de las firmas de apoyo ciudadano.
El 3 por ciento de firmas equivale aproximadamente a 132 mil electores.
Sin embargo el número de firmas que los aspirantes a candidatos independientes deberán reunir a detalle se conocerá después del 15 de diciembre, fecha en la que se dejará firme el listado nominal que se utilizará para la elección de 2018.
Además se precisa que los aspirantes deberán de reunir las firmas de apoyo ciudadano en dos terceras partes de los municipios del estado, es decir 144 de los 217 ayuntamientos.