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Piden a diputados ley que garantice el derecho al agua
Los integrantes de la Asamblea Social del Agua (ASA) y de la organización Agua para Todos, Agua para la Vida, exigieron a diputados en el Congreso local la aprobación de una nueva Ley del Agua que reconozca la garantía del derecho humano del vital líquido en la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Los manifestantes se reunieron en el Palacio Legislativo portando cartulinas y gritando consignas a favor de una reforma constitucional para acceder al “agua de calidad”, mientras una comisión entregó a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales la solicitud ciudadana que se basa en tratados internaciones.
María Eugenia Ochoa, integrante del ASA, explicó que ya veinte constituciones estatales han reconocido el derecho humano al agua, por lo que esta legislatura tiene la oportunidad de hacer una legislación de avanzada, elevando su acceso y distribución en el marco de la Observación General # 15 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Explicó que las organizaciones han trabajado en los últimos meses para la recolección de firmas que apoyen esta iniciativa para reclamar el derecho al agua, fundamentalmente en las zonas rurales y en las urbanas donde hay escasez.
La medida también terminaría con las prácticas que ahora se sufren a manos de Agua de Puebla, empresa privatizadora que administra el servicio que debía ser público, como cortes de agua sin sustento legal y a personas sin capacidad de pago.
ASA y Agua para Todos, Agua para la Vida, denunciaron nuevamente que a partir de la administración del servicio de Agua de Puebla se dejaron de emitir las boletas de cobro o se emiten sin el sustento que obliga el artículo 110 de la Ley de Agua para el Estado de Puebla; se ha deteriorado la calidad y cantidad del agua manejada por el ente privado además de que se han presentado serias contingencias técnicas que no ha resuelto y si se resuelven son con costo adicional sin reembolso para los usuarios afectados
“No han presentado sus planes de atención de contingencias, especialmente para aquellas zonas vulnerables por ser de red directa y tener prohibida la colocación de tinacos o cisternas” insistieron.
La pelea por un derecho
“La propuesta de reforma constitucional busca que el agua sea reconocida como bien común y un derecho fundamental ya que lamentablemente nuestra Constitución no establece ningún derecho vinculado al agua”, dijo Omar Jiménez, asesor legal del ASA.
Los activistas explicaron que la reforma debe encaminarse a que “de manera explícita” el Estado reconozca el derecho tanto al acceso como a la calidad del recurso.
“Que sea una obligación del Estado asegurar a todos los habitantes la suficiencia, salubridad, aceptabilidad, accesibilidad y asequibilidad del agua y que sea un servicio público responsabilidad exclusivamente de unidades públicas donde no intervengan esquemas de privatización”, dijo Ochoa.
La carta solicitud está basada en los pactos, convenios y tratados internacionales suscritos por México, asegurando que son parte integrante de la ley suprema de la Unión y se ubican jerárquicamente por encima de las leyes generales federales, estatales y locales, citan también la Resolución A/RES/64/292 de la Asamblea de Naciones Unidas de Julio de 2010 Resolución de la Asamblea Mundial de la Salud 64/24. - de mayo de 2011.
Observación General # 15 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales del que México es un Estado Parte vinculado y que básicamente se refieren a la obligación de los Estados Parte a:
· Reconocer el agua como un bien público fundamental para la vida y la salud, fundamento y condición previa para la realización de otros derechos humanos
· El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible
· El derecho a no ser objeto de injerencias, como por ejemplo, a no sufrir cortes arbitrarios
· El agua debe tratarse como un bien social y cultural, y no fundamentalmente como un bien económico
· La obligación de los Estados Partes de garantizar el ejercicio del derecho al agua sin discriminación alguna
· La obligación de proteger exige que los Estados Partes impidan a terceros que menoscaben en modo alguno el disfrute del derecho al agua
· La obligación de cumplir exige que los Estados Partes adopten las medidas necesarias para el pleno ejercicio del derecho al agua.
· Los Estados Partes deben alentar a los jueces, árbitros y demás jurisconsultos a que, en el desempeño de sus funciones, presten mayor atención a las violaciones del derecho al agua.
· Los Estados Partes deben respetar, proteger, facilitar y promover la labor realizada por los defensores de los derechos humanos y otros miembros de la sociedad civil con miras a ayudar a los grupos vulnerables o marginados a ejercer su derecho al agua.